Disculpen colegas tengo el suiguiente proveido luego de adjuntar cedulas ley para que se me corra traslado de als contestaciones de demandas de dos codemandados: Habiendose acompañado la cédula dirigida a xxxxx se provee en este acto la contestación de demanda:Por contestada la demanda.De la documentación acompañada traslado a la contraria por cinco días, a fin de que se expida acerca de su autenticidad únicamente. Notifíquese.De la oposición formulada en el punto VII, traslado a la contraria por el término de 5 dias. Notifíquese. PREGUNTA: Mi plazo de los cinco dias (soy la actora) comienza una vez que me llegue la cedula o en su defecto al dia siguiente que yo retire las copias de docuemntal y contestacion de demanda, porque la demandada nunca va a apurarse a notificarme. Estoy en lo cierto????? Muchas gracias
si es fuero civil o comercial nunca te van a notificar vas a tener que ir a retirar, si es fuero laboral notifica el juzgado.
el plazo empieza a correr desde el dia que retires las copias de contestacion de demanda, o desde que te llegue la cedula, segun tengas que ir a retirar las copias o te notifique el juzgado
