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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #982539  por drapao
 
buenas a todos los foristas, mi consulta es la siguiente. TEngo para iniciar una causa laboral por despido y relación no registrada. Este joven trabajaba para un programa nacional en el interior del país. a él lo había contratado una empresa quien a su vez fue contratada por otra empresa de sta fe a quien anses contrató para realizar las conexiones y tenido de wifi para el programa en escuelas de las provincias del interior del país. resulta que bueno lo despidieron y quedaron adeudando varias escuelas. ya envié telegrama a la empresa que lo contrató que es una emrpesa chica de la zona que no existe ante anses, debido a que tanto esta como sus empleados (dentro de los cuales se encuentra mi cliente, no firmaban nada a su nombre debido a quien figuraba ante anses debido a qe había ganado la licitación era la empresa de sta fe). ya contestaron negando la relación como es costumbre, iniciamos la etapa administrativa, no hubo acuerdo y ahora estamos en vísperas de iniciar la demanda. Mi consulta, previo a presentar la demanda es, puedo intimar también a anses en los mismos términos que al empleador directo? de alguna manera esta persona trabajó para el programa nacional y anses se vió beneficiado, además a mi cliente le gustaría que, depsuñes de tanto tiempo y tanta mala fe por parte de su empleador, anses también supiera de la existencia de esta empresa fantasma. Qué riesgos hay en caso que en sede judicial determinen que si bien mi cliente trabajaba p elprograma, anses no había contratado a esa empresa sino a otra. y en este caso aunque no la haya contratado? debe anses responder indirectamente por las personas a quien contrata? escucho opiniones!
 #982619  por andresxeneizes
 
asi como lo contas no veo que haya existido fraude en el sentido que se escondiera que el verdadero empleador era el anses.
tambien en el mismo sentido entiendo que las tareas que se le dieron a esa empresa no son las habituales y normales de la anses, por lo que tampoco correria la solidaridad por ese lado.
espera a ver que te dicen los otros colegas, para ver si alguno le encuentra la vuelta que yo no le veo
 #982654  por EinmalIstKeinmal
 
Hola gente! Mira, en mi humilde opinión y al releer el art 30 RCT:

“LEY DE CONTRATO DE TRABAJO - ARTÍCULO 30 (Subcontratación y delegación -Solidaridad). Quienes cedan total o parcialmente a otros el establecimiento o explotación habilitado a su nombre, o contraten o subcontraten, cualquiera sea el acto que le dé origen, trabajos o servicios correspondientes a la actividad normal y específica propia del establecimiento, dentro o fuera de su ámbito, deberán exigir a sus contratistas o subcontratistas el adecuado cumplimiento de las normas relativas al trabajo y los organismos de seguridad social.
Los cedentes, contratistas o subcontratistas deberán exigir además a sus cesionarios o subcontratistas el número del Código Único de Identificación Laboral de cada uno de los trabajadores que presten servicios y la constancia de pago de las remuneraciones; copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de la seguridad social, una cuenta corriente bancaria de la cual sea titular y una cobertura por riesgos del trabajo. Esta responsabilidad del principal de ejercer el control sobre el cumplimiento de las obligaciones que tienen los cesionarios o subcontratistas respecto de cada uno de los trabajadores que presten servicios, no podrá delegarse en terceros y deberá ser exhibido cada uno de los comprobantes y constancias a pedido del trabajador y/o de la autoridad administrativa. El incumplimiento de alguno de los requisitos hará responsable solidariamente al principal por las obligaciones de los cesionarios, contratistas o subcontratistas respecto del personal que ocuparen en la prestación de dichos trabajos o servicios y que fueren emergentes de la relación laboral incluyendo su extinción y de las obligaciones de la seguridad social”.
...Si podés probar que la subcontratación correspondía (por parte de la anses) a una actividad normal y específica del establecimiento fuera de su ámbito (conexiones de wifi o como sea que dijiste) tendrías una lucecita al final del camino....Sino, la solidaridad caería al abismo, como dijo:
andresxeneizes escribió:asi como lo contas no veo que haya existido fraude en el sentido que se escondiera que el verdadero empleador era el anses.
tambien en el mismo sentido entiendo que las tareas que se le dieron a esa empresa no son las habituales y normales de la anses, por lo que tampoco correria la solidaridad por ese lado.
espera a ver que te dicen los otros colegas, para ver si alguno le encuentra la vuelta que yo no le veo
Seguí esperando opiniones, mucho éxitos!! Saludos!!
 #982962  por drapao
 
Gracias por responder colegas, einmal vi el articulo y es lo que genero mi duda... todos sabemos que anses es un organismo previsional, a simple vista no pareceria corresponderle el reclamo, alguna otra opjnion?