Buenas noches, molesto a los colegas para consultar sobre cómo encarar una liquidación de una cliente que ingreso a trabajar en el año 2007 en negro, luego en diciembre de 2009 la registra hasta marzo y le hace firmar la renuncia pero sigue trabajando en negro y en diciembre de 2012 la registra nuevamente hasta febrero del 2013 y la hace renunciar nuevamente pero sigue trabajando en negro. Hace días Se le mando telegrama para que la registre y obviamente negó relación laboral aludiendo que renuncio en febrero. Al realizar la liquidación en este caso desde agosto del 2007 que fue su fecha real de ingreso. Como juego con los artículos 8, 9, 10 de la ley de empleo? claro está que el 9 y 10 pueden ir juntos pero el 8 no. Al haberle hecho estos aportes, me dificulta realizar una liquidación bien hecha sin miedo a una equivocación grosera. Muchas gracias por sus consejos. Como se darán cuenta hace muy poco que comencé con la profesión. Gracias por la paciencia.
Quien ríe último, piensa más lento