Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PUEDO HACER VALER FRENTE A UNA AFJP LA RESOL. 980/05??

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #6528  por vandem
 
Porque tengo para tramitar una jubilación de una persona que no tiene certificación de servicios y quería saber si puedo pedir frente a la AFJP (origenes) la aplicacion de la res. 980/05!! Espero respuestas!! Gracias!!!!!!
 #6530  por SIL.PE
 
vandem escribió:Porque tengo para tramitar una jubilación de una persona que no tiene certificación de servicios y quería saber si puedo pedir frente a la AFJP (origenes) la aplicacion de la res. 980/05!! Espero respuestas!! Gracias!!!!!!
Yo estoy con una asi en afjp Nacion y sí me los hacen valer,tengo que llevar la carta documento a la empresa con aviso de retorno de inexistencia.
 #6531  por vandem
 
[quote="SIL.PE"][quote="vandem"]Porque tengo para tramitar una jubilación de una persona que no tiene certificación de servicios y quería saber si puedo pedir frente a la AFJP (origenes) la aplicacion de la res. 980/05!! Espero respuestas!! Gracias!!!!!![/quote]

Yo estoy con una asi en afjp Nacion y sí me los hacen valer,tengo que llevar la carta documento a la empresa con aviso de retorno de inexistencia.[/quote]

Ah pero entonces no, porque la resolucion te permite acreditar los años que figuran en el historial sin tener que presentar ningun tipo de documentación adicional!! O sea que en parte te permiten invocar la res 980!! Gracias!!!

 #6558  por Francisco25
 
Hola:
en cualquier afjp permiten tomar la resolucion 980/05, ya que la probatoria de servicios es para todos los servicios en relacion de dependencia, no importa en donde se presente el expte (afjp o anses), por lo que podrias solicitar la aplicacion de la 980 por los servicios que surgen en sijp, en este caso no necesitarias los telegramas. En realidad, si los llevas o no, no es el problema siempre que lo que uno declare en la solicitud sea lo mismo de lo que aparece en sistemas, porque el sica prueba lo que aparezca en sistema, cuando no tiene certif
saludos

 #6565  por vandem
 
[quote="Francisco25"]Hola:
en cualquier afjp permiten tomar la resolucion 980/05, ya que la probatoria de servicios es para todos los servicios en relacion de dependencia, no importa en donde se presente el expte (afjp o anses), por lo que podrias solicitar la aplicacion de la 980 por los servicios que surgen en sijp, en este caso no necesitarias los telegramas. En realidad, si los llevas o no, no es el problema siempre que lo que uno declare en la solicitud sea lo mismo de lo que aparece en sistemas, porque el sica prueba lo que aparezca en sistema, cuando no tiene certif
saludos[/quote]

Muchas gracias por la respuesta!! Saludos!!

 #6586  por marceloultra
 
es una avivada de los iniciadores en afjp, pedir mas de lo q te exigen en anses, para que telegrama si aparece en sistema, piden de todo para q vayas a anses y no jodas ahi...pidan por 980 y nada mas si aparece en sistema

 #6588  por Matilde
 
No estoy de acuerdo en parte. Tengo varios que han trabajado años!!! y no salen en telex de Anses. Sin embargo, tengo recibos y/o certificados de trabajo con períodos expresos. Los presente adjuntando los telegramas y aún antes de saber lo de la Resol. 980. Hay que hacer valer lo que trabajaron!!! Tarda un poco, pero si son años trabajados, hay que hacerlos valer!!!!!!!

 #6629  por Recarte R
 
marceloultra escribió:es una avivada de los iniciadores en afjp, pedir mas de lo q te exigen en anses, para que telegrama si aparece en sistema, piden de todo para q vayas a anses y no jodas ahi...pidan por 980 y nada mas si aparece en sistema
Marcelo: tanto Anses como las AFJP te van a pedir la documentacion si corresponde la presentacion.- Hay que estudiar la 980 y saber cuando corresponde y cuando no, presentarla, antes de ir al turno.-
Los iniciadores de AFJP se manejan de acuerdo a procedimientos que estipula la empresa quienes, a su vez, se rigen por las normativas de Anses.-
Puede ser, no lo niego, que a veces sean más papistas que el papa, pero si le demostrás el error o la falta de conocimiento del que te atiende, no deberías tener problemas en que te tomen un trámite.-
Tal como pasa en Anses cuando discutis un inicio.-

 #6650  por ana
 
HOLA! HACE POCO FUI A ORIGENES, PARA REVISAR LA DOC ANTES DE INICIAR, MI CLIENTE TENIA TRES MESES DE UNA EMPRESA QUE NO TENIA CERTIFICACION PERO QUE SI LE FIGURABA EN SIJP, ASI QUE ME PIDIERON QUE MANDE CD, PERO LES DIJE QUE NO, ERAN SOLO TRES MESES Y QUE IBA A PEDIR QUE SE LO TOME POR SIJP, Y ME DIJERON, OK, INVOCA LA RES 980, ASI QUE SUPONGO NO VAS A TENER PROBLEMAS.