hola, colegas, queria preguntar si en caso de un despido sin causa. la carta documento se rechaza o directamente se intima el pago de indemnizacion. gracias. saludos
en gral en ppio yo no hago nada ya que en la carta de despido dice liquidacion a su disposicion en plazo legal, en caso que el cliente vaya a buscar la plata y no se la den ahi si intimo, pero gralmente yo me manejo con el criterio de que el cliente primero vaya y cobre y luego mandar telegrama en caso que le paguen de menos o no le paguen
coincido con el colega. la empresa tiene cuatro dias para abonarle la liquidacion final por despido sin causa en las instalaciones de la empresa o mediante deposito en la cuenta sueldos. Una vez que le paguen chequeas si hay diferencias por reclamar y solo en ese caso envias telegrama (si hay diferencias). Yo siempre aclaro al cliente que la empresa le tiene que pagar la liquidacion final en las instalaciones de la empresa, o mediante deposito en la cuenta sueldos , no en el Ministerio de Trabajo. El trabajador no esta obligado a ir al ministerio a cobrar su liquidacion final porque ahi si intervenis vos y reclamas la multa del art 2 ley 25323 entre otros reclamos. saludos
Muchas gracias por responder!, mi duda era por el plazo de 48 horas para contestar la carta documento... entonces dentro de los 4 dias de notificado, le deben abonar indemnizacion y si no le pagan o lo hacen por menos, ahi si se intimaria...gracias. saludos
hola gente, tengo un caso similar... esperamos entonces a que le paguen la liq. final y luego reclamamos diferencias.... es así?
El reclamo de la diferncias, prospera siempre o debo tomar algún recaudo en el cobro de la liquidación final como por ejemplo decirle "firma en disc"....