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  • Cesión de deuda con novación?

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 #1016661  por DrOcto
 
Hola a todos, me surgió una deuda un tanto "doctrinaria".
Estoy haciendo un contrato de cesión de deuda, eso sin problemas, pero me surgió la curiosidad de si esta cesión de deuda que estoy haciendo va a producir o no una novación? Son dos cosas distintas la cesión y la novación lógicamente, pero si en la cesión el nuevo deudor pacta con el acreedor (quien está conforme) nuevas condiciones? (reducción de capital y tasas de interés, condonación de porcentaje de la deuda, formas de pago, e incluso cierto porcentaje de la deuda que se "cobrará" mediante la prestación de servicios del nuevo deudor).

En resumidas cuentas, pienso que como consecuencia de cesión se produce una novación porque transfiero la obligación y esa obligación da nacimiento a otra nueva (ya que cambia los sujetos, e incluso el objeto de la obligación, eliminando la obligación primitiva y liberando al deudor primitivo).
Muchas gracias!
 #1016831  por legalescom
 
Estimado: si se libera al deudor primitivo, y en los términos que señalás, habrá delegación de deuda, provocando la novación, conforme al Art. 814. "La delegación por la que un deudor da a otro que se obliga hacia el acreedor, no produce novación, si el acreedor no ha declarado expresamente su voluntad de exonerar al deudor primitivo. Sobre el tema, consultá a http://www.acaderc.org.ar/doctrina/arti ... rtnovacion
 #1017469  por DrOcto
 
Muy buena respuesta, mi estimado.
Pero, hablando con otros colegas, uno de ellos me plantea que la cesión no es lo mismo que delegación (yo opino que la delegación perfecta y/o imperfecta son clases/tipos de cesión). Sinceramente, esto es algo como que "hablemos sin saber", ya que ninguno nos especializamos en lo civil, estamos en la vereda opuesta, y estamos algo oxidados podría decirse.
Saludos cordiales!