Estimados foristas: Acudo a uds por lo siguiente. Vino a consultar una sra x una sucesión que tenía dos etapas cumplidas y faltaba la 3era la inscripción porque el abogado q tenía falleció. Parecía todo muy sencillo hasta q aparecen las hijas del abogado fallecido reclamando honorarios. La sra plantea la prescripcion con otro abogado x q habian pasado más de 10 años. Aclaro q los honorarios no estaban regulados. El tiempo pasa nadie vuelve a mover el expte. Ella queria inscribirlo asi q nosotros solicitamos la inscripción y el juez la ordenó. Pero x un tema de $$$$$ no lo hace. Este año reaparecen las abogadas y piden se decrete el embargo sobre el inmueble .Sin estar resuelto el tema de la prescripción el juez ordena ese embargo sin tener tampoco resuelto el tema de cuanto serían esos honorarios q en su momento se le habian pagado al abogado fallecido quien le entregó los pagares a la madre de la sra. Esos pagares se encuentran agregados al expte. No había convenio de honorarios. Las abogadas estimaron en 55.000 U$S el valor del inmueble o 55.500$. Les transcribo el despacho dde ordena el embargo. La idea es apelar q opinan? x q para pedir recurso de revocatoria no nos da el plazo además creo q no prosperaría en este caso. Agradezco opiniones
Adri
Buenos Aires, 21 de mayo de 2014.-
I.- Téngase presente el desistimiento informado en el pto.
I) y hágase saber.
II.- Por ser la estimación practica en el pto. I), idéntica a
la realizada a fs. 97, téngase presente.
III.- En atención a la estimación practicada en el pto. II),
considerando la proporción del inmueble que se transmite mediante
este proceso sucesorio (conf. informe de dominio de fs. 49) y las
tareas realizadas en autos por el Dr ..... , sin que
importe adelantar opinión sobre el monto de los honorarios del
profesional, sobre la clasificación de tareas, ni sobre la estimación del
valor de acervo hereditario realizada, por la suma de $.25.000.-, con
más la de $.6.000.-, que se presupuesta en forma provisoria y
prudencial para responder a eventuales intereses y costas, trábese el
embargo dispuesto a fs. 207 vta., pto. II). A cuyo fín, líbrese el oficio
ordenado.
IV.- Ténganse presentes las autorizaciones conferidas en
el pto. IV), a los efectos que se indican.
JUEZ
Fecha de firma: 21/05/2014
Buenos Aires, 21 de mayo de 2014.-
I.- Téngase presente el desistimiento informado en el pto.
I) y hágase saber.
II.- Por ser la estimación practica en el pto. I), idéntica a
la realizada a fs. 97, téngase presente.
III.- En atención a la estimación practicada en el pto. II),
considerando la proporción del inmueble que se transmite mediante
este proceso sucesorio (conf. informe de dominio de fs. 49) y las
tareas realizadas en autos por el Dr ..... , sin que
importe adelantar opinión sobre el monto de los honorarios del
profesional, sobre la clasificación de tareas, ni sobre la estimación del
valor de acervo hereditario realizada, por la suma de $.25.000.-, con
más la de $.6.000.-, que se presupuesta en forma provisoria y
prudencial para responder a eventuales intereses y costas, trábese el
embargo dispuesto a fs. 207 vta., pto. II). A cuyo fín, líbrese el oficio
ordenado.
IV.- Ténganse presentes las autorizaciones conferidas en
el pto. IV), a los efectos que se indican.
JUEZ
Fecha de firma: 21/05/2014
