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 #114944  por andreis28
 
en una audiencia informativa respecto del cierre del periodo de excedencia en un concurso, yo ttengo un incidente de pronto pago que inicie hace poco y soy letrada patrocinante, puedo ir a la audiencia? y debo llevar a mi cliente o puedo ir sola?.
Gracias

 #114946  por JUDAMI
 
Si no tenés otra cosa que hacer, podés ir, pero no le veo utilidad. Suerte.-

 #114968  por andreis28
 
es que mi cliente se entero de esta audiencia y ahora me pide ir, pero no quiero llevarlo, puedo ir sola??
JUDAMI escribió:Si no tenés otra cosa que hacer, podés ir, pero no le veo utilidad. Suerte.-

 #114985  por JUDAMI
 
Si. Para mi ni van a dejar constancia de tu asistencia a la audiencia. Y si llegan a pedirte los datos podés invocar el art. 48 del CPCC y listo. Yo he ido a las audiencias informativas como asesor de la Sindicatura, y normalmente los acreedores no van, y menos un laboral, por eso te decía que no pierdas el tiempo, pero si tu cliente te lo pide, es otro tema.