"Artículo 91- REVENDER ENTRADAS - Quien revende, por cualquier medio con fines de lucro, una o más entradas para un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, es sancionado/a con multa de dos mil ($2.000) a treinta mil ($30.000) pesos o dos (2) a diez (10) días de arresto. En la misma pena incurre quien vende al menos una entrada de las referidas en el párrafo anterior cuando éstas no hubiesen sido puestas a la venta por los responsables de la organización por ser de cortesía, protocolo u otro tipo de invitación de similares características. Cuando estas conductas fueran cometidas por cualquier persona responsable de la organización, con su participación o connivencia, es sancionado/a con multa de diez mil ($10.000) a cincuenta mil ($50.000) pesos o tres (3) a treinta (30) días de arresto.Si la realización de cualquiera de estas conduc tas produjere alteraciones al orden público, la escala de la sanción se eleva al doble. lgual incremento de pena corresponde cuando el interviniente se dedicare reiteradamente a estas actividades."
Y también sustituyó el artículo 5.1.7 del Anexo I de la Ley N° 451 -Régimen de Faltas-, que quedó redactado de la siguiente manera:
"5.1.7-. MANIOBRAS CON ENTRADAS. El/la que venda, reserve u oculte localidades en espectáculos públicos en infracción a las normas que reglamenten Ia actividad es sancionado/a con multa de veinticinco (25) a dos mil quinientas (2500) unidades fijas y/o decomiso de las entradas".
En base a esta ley aprobada por LEGISLATURA PORTEÑA el pasado 27 de Noviembre necesito saber que pasa con los usuarios que venden a traves de MercadoLibre entradas para espectaculos y/o las empresas de turismo que tambien venden paquetes que incluyen la entrada. Hay sancion posible por parte del GOBIERNO DE LA CIUDAD? Porque escuche tambien que esta nueva ley debe ser REGLAMENTADA POR EL PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Como yo trabajo con turismo y no quiero ir en contra de la ley contravencional ni que me pongan multas necesito que alguien me asesore con esto.
Saludos Atte.
Y también sustituyó el artículo 5.1.7 del Anexo I de la Ley N° 451 -Régimen de Faltas-, que quedó redactado de la siguiente manera:
"5.1.7-. MANIOBRAS CON ENTRADAS. El/la que venda, reserve u oculte localidades en espectáculos públicos en infracción a las normas que reglamenten Ia actividad es sancionado/a con multa de veinticinco (25) a dos mil quinientas (2500) unidades fijas y/o decomiso de las entradas".
En base a esta ley aprobada por LEGISLATURA PORTEÑA el pasado 27 de Noviembre necesito saber que pasa con los usuarios que venden a traves de MercadoLibre entradas para espectaculos y/o las empresas de turismo que tambien venden paquetes que incluyen la entrada. Hay sancion posible por parte del GOBIERNO DE LA CIUDAD? Porque escuche tambien que esta nueva ley debe ser REGLAMENTADA POR EL PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Como yo trabajo con turismo y no quiero ir en contra de la ley contravencional ni que me pongan multas necesito que alguien me asesore con esto.
Saludos Atte.