El causante fallece en el año 2009.
El mismo tiene dos hijos y un único bien que son 10 has de un campo
Se inicia la sucesión a principios de 2015 y se adjunta un testamento del año 2008 donde el causante deja a favor de un tercero (un amigo) la totalidad de su porción disponible (hoy es 1/5).
El tema es que para cuando se llegue al dictado de la declaratoria de herederos la porción disponible pasará a ser (1/3).
Yo entiendo que por lógica se tiene que aplicar el C.C. de Veléz que es el que estaba vigente al momento del fallecimiento.
Pero un abogado que representa la tercero ya les hizo saber a los hijos su intención de que se le otorgue (1/3) conforme el Cód. Nuevo.
El Cod. Nuevo no es muy claro
¿Qué opinan?
El mismo tiene dos hijos y un único bien que son 10 has de un campo
Se inicia la sucesión a principios de 2015 y se adjunta un testamento del año 2008 donde el causante deja a favor de un tercero (un amigo) la totalidad de su porción disponible (hoy es 1/5).
El tema es que para cuando se llegue al dictado de la declaratoria de herederos la porción disponible pasará a ser (1/3).
Yo entiendo que por lógica se tiene que aplicar el C.C. de Veléz que es el que estaba vigente al momento del fallecimiento.
Pero un abogado que representa la tercero ya les hizo saber a los hijos su intención de que se le otorgue (1/3) conforme el Cód. Nuevo.
El Cod. Nuevo no es muy claro
¿Qué opinan?
