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 #121759  por barney
 
Dos cuestiones:
Tengo un deposito perteneciente al causante,trasnferido de una caja de ahorro al banco sucursal tribunales a orden del juzgado de la sucesion y a nombre de autos, como hago para liberarlo. Mi idea es pagar tasa de justicia, solicitar regulacion de honorarios, por este bien y preesentar la forma en que los parten los herederos.
2) Tengo una declararatoria de herederos en una sucesion en la cual solo hay una casa , en la que viven dos de los tres herederos, y mi cliente quiere la particion del condominio. A los coheredeos no les interesa ya que ocupan el inmueble. Que medida tomaria?

 #122331  por Charlie
 
A la primera pregunta: tendrás que abonar la tasa y sobretasa de justicia, acreditar pago de honorarios y aportes sobre los mismos, y luego solicitar se libre giro a favor del heredero declarado.

A la segunda: no interesa que lo demás herederos se opongan. Cualquiera de ellos puede solicitar la partición de la herencia.

Claro que siempre habrá que tener en cuenta los supuestos de indivisión temporal establecidos por la ley 14.394, o la indivisión impuesta por el causante o por el cónyuge supérstite, y también el eventual derecho de habitación que el cónyuge supérstite invoque.

Saludos.

 #122422  por barney
 
Charlie escribió:A la primera pregunta: tendrás que abonar la tasa y sobretasa de justicia, acreditar pago de honorarios y aportes sobre los mismos, y luego solicitar se libre giro a favor del heredero declarado.

A la segunda: no interesa que lo demás herederos se opongan. Cualquiera de ellos puede solicitar la partición de la herencia.

Claro que siempre habrá que tener en cuenta los supuestos de indivisión temporal establecidos por la ley 14.394, o la indivisión impuesta por el causante o por el cónyuge supérstite, y también el eventual derecho de habitación que el cónyuge supérstite invoque.

Saludos.
Gracias Charlie por la respuesta:
Te comento que respecto a la segunda cuestion que los coherederos son hermanos y los padres ambos estan fallecidos, y quedaron viviendo en la propiedad dos hermanos y mi clienta no hace uso de ella desde hace 10 años.
Respecto a la primera, por lo que me decis habrioa que solicitar regulacion por ekl dinero depositadfo, por que por el inmueble ya me regularon, que lo habia denunciado en el escrito de inicio y ya pague tasa y sobretasa.
Entonces tendria que acreditar el deposito por un saldo de cuenta bancaria, pagar la tasa y sobretasa, y solicitar se regulen honorarios para luego pedir que se libren giros a los herederos

 #122594  por Charlie
 
barney escribió:

Entonces tendria que acreditar el deposito por un saldo de cuenta bancaria, pagar la tasa y sobretasa, y solicitar se regulen honorarios para luego pedir que se libren giros a los herederos
Así es, tal como lo dije en mi primer post. No olvides los aportes a la Caja de Previsión y el anticipo sobre Ingresos brutos.

Saludos.

 #123220  por barney
 
Charlie escribió:
barney escribió:

Entonces tendria que acreditar el deposito por un saldo de cuenta bancaria, pagar la tasa y sobretasa, y solicitar se regulen honorarios para luego pedir que se libren giros a los herederos
Así es, tal como lo dije en mi primer post. No olvides los aportes a la Caja de Previsión y el anticipo sobre Ingresos brutos.

Saludos.
Gracias Charlie :lol: