Buenas noches, después de buscar en el foro y no encontrar respuesta, planteo una inquietud. Mi duda es la siguiente:
Como apoderado envié carta documento a los inquilinos de mi cliente, que deben dos meses de alquiler, intimando a cancelar alquileres puros, más intereses, más honorarios y gastos que ocasiona su cobranza (en este caso mi clienta me pagó una consulta y un monto por redacción de la carta documento, más el gasto del correo)
Los inquilinos quieren pagar solo alquileres e intereses, no los honorarios. Mi cliente quiere que le paguen los honorarios porque dice, con razón, que si ellos no se atrasaban dos meses en el pago, no hubiese tenido que contratar a un abogado.
Preguntas:
¿Puedo negarme a recibir el pago si no pagan también los honorarios?
¿Pueden consignarme el pago de alquileres + intereses únicamente?
¿sería válida esa consignación, se consideraría pago íntegro?
En caso de ser así ¿por qué vía podría mi clienta reclamar lo que gastó en honorarios y correo por el atraso en el pago de los inquilinos?
Agradecido desde ya
Como apoderado envié carta documento a los inquilinos de mi cliente, que deben dos meses de alquiler, intimando a cancelar alquileres puros, más intereses, más honorarios y gastos que ocasiona su cobranza (en este caso mi clienta me pagó una consulta y un monto por redacción de la carta documento, más el gasto del correo)
Los inquilinos quieren pagar solo alquileres e intereses, no los honorarios. Mi cliente quiere que le paguen los honorarios porque dice, con razón, que si ellos no se atrasaban dos meses en el pago, no hubiese tenido que contratar a un abogado.
Preguntas:
¿Puedo negarme a recibir el pago si no pagan también los honorarios?
¿Pueden consignarme el pago de alquileres + intereses únicamente?
¿sería válida esa consignación, se consideraría pago íntegro?
En caso de ser así ¿por qué vía podría mi clienta reclamar lo que gastó en honorarios y correo por el atraso en el pago de los inquilinos?
Agradecido desde ya