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  • SOCIEDAD DE HECHO SOBRE AUTOMOTOR

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 #1123261  por gitanali09
 
Buenos dias colegas, tengo que iniciar una sucesiòn, donde mi cliente, mama del hijo del causante estuvo en convivencia con el 12 años. En ese lapso compraron un automotor por ende pretende reclamar que el 50% es de ella en su caracter de concubina (el auto esta a nombre del causante, pero mi cliente posee certificado de convivencia, pago el seguro durante años, patente etc). Ese 50% en cabeza de mi cliente lo reclamo en la sucesiòn como propio y acredito con documental?
 #1123280  por patrysalas
 
tene en cuenta que para que la concubina pueda reclamara algo de los bienes debes demostrar que trabajaba e hizo aporte economico, mas que realmente estaban en concubinato, si no hay aporte económico, la demanda no prospera.
en caso q de tener esas pruebas, comenza mandando una carta doc intimando a los herederos..
 #1123680  por legalescom
 
Sin perjuicio de ello, tener en cuenta, que el art. 525, in fine, del Cód. Civ. y Com. dice: "La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enumeradas en el artículo 523.