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  • primera vez que me sucede, hay alguien que me aconseje

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 #1136876  por magoo983
 
Estimados surgio esta situacion y verdaderamente no se que hacer preciso que alguien me oriente el tema es asi.
El Estudio ganó un juicio de daños y perjuicios(con una menor involucrada), con la sentencia de primera instancia la cual todo el mundo apelo incluidos nosotros paso a cámara , se presentó las correspondientes expresión de agravios y la parte demandada nos propone un acuerdo para terminar el juicio.
Se hace el acuerdo y se presenta en camara dicho convenio pasa por el asesor de menores que lo acepta , y cámara no homologa el convenio, pero regulan los honorarios de los letrados intervinientes por encima del tope del 25% que estipula la ley 24432 , lo manda nuevamente a primera instancia en donde dicen que por haber sentencia dictada no lo homologan y vuelve a cámara , la cual solamente resuelve a mi entender arbitrariamente la queja por los excesivos honorarios y hoy hable con la secretaria de cámara me dijo" que cámara no lo va homologar(no dio explicaciones) , que primera instancia tampoco y que el acuerdo está para ejecutar dado que lo convalidó la asesora de menores.
Sepan disculpar la molestia
 #1136886  por magoo983
 
gracias por la orientación, pero aun así si la sentencia se encuentra apelada la misma no esta firma por que no puede camara homologar.
Entonces directamente intimo a la otra parte que abone el acuerdo y los honorarios
 #1136946  por magoo983
 
ok voy entendiendo, pero que sucede con los distintos puntos que tenia el acuerdo son validos????,porque

se había acordado que el demandado pagaba la tasa de justicia en función del nuevo monto

también había acordado que solamente pagaba a los peritos intervinientes y a los consultores de parte propuestos por ellos si había algún otro lo tenia que pagar la parte que lo propuso .

La cuestión se complica por que la parte demandada se aferraba que la regulación de honorarios de tomaba en base al importe de pago del acuerdo pero cámara regulo excesivamente por encima del 25 % del tope de ley, ahí se tendría que apelar no???
desde ya muchas gracias por la orientacion
 #1137008  por berlin1974
 
Los puntos del acuerdo son válidos. La tasa se paga por el monto final del juicio, en este caso el monto del acuerdo por cuál los pactados es correcto. Lo pactado en cuanto a los honorarios de los cons. técnicos no modifica la sentencia en lo sustancial.
La regulación de honorarios puede superar el 25%, lo que no se puede es obligar a la condenada en costas a pagar más de ese 25%. Es ese caso, si la regulación supera el 25% hay que hacer un prorrateo.
Saludos