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 #1152558  por romimachi
 
hola buenas tardes!!! Les hago una consulta tengo que ejecutar un cheque que me trajo un cliente y él no figura en el campo destinado a poner nombre, sino que esta en blanco. Al dorso hay un endoso de un x y luego esta el rechazo bancario por falta de fondos suficientes en cuenta. La consulta es porque ya me han rechazad demanda porque me dicen esto: "No es posible conferir legitimación bancaria a quien la invoca en base a "transmisiones invisibles" no registradas en el título, cuando en el caso, el último endoso recibo no corresponde al actor. No corresponde asignar la calidad de cesionario al simple tenedor del cheque emitido a la orden"
Mi duda es donde relleno el nombre de mi cliente??? a alguien le ha pasado???
 #1152637  por abogado1987
 
entiendo que > "... la mera posesión del título habilita al ejecutante para accionar en su virtud (conf. Sala E, in re ......... s/ ejec." del 30.9.87; Sala D, in re ............ del 12.8.86)...Es doctrina plenaria de este fuero que "la tenedora de pagarés endosados en blanco -caso aplicable analógicamente al de autos- que no figura en la respectiva cadena de endosos, está legitimada para demandar ejecutivamente a todos los firmantes del documento -librador y endosantes-" (conf. CNCom., en pleno, 29.2.80, in re "............)...De igual modo, si el cheque fue librado sin mencionar tomador -véase giro N° ..........- y está endosado en blanco, la mera tenencia es suficiente para ser portador legitimado del mismo (art. 14 de la ley 24452) (Sala D, 2/12/88, ............)...Como consecuencia de lo expuesto, la parte ejecutante reviste la condición de poseedor calificado del título, esto es, portador que justifica su poder de hecho sobre la cosa por los modos establecidos en la ley de circulación (conf. Williams, Jorge N, "Títulos de Créditos", pág. 177)..."
 #1165007  por sandranoemiibanez
 
Hola colegas.. me podrian comentar como siguio el tema... me interesa saber porque estoy con un caso similar

Mi cliente me trae un cheque de pago diferido al portador (con beneficiario en blanco) que el recibio en parte de pago y a su vez lo entrego a un tercero cliente suyo.
Este tercero lo presenta al cobro pero se lo rechazan por orden de no pagar emitida por el librador (el banco depositario no especifico si la causa de la orden de no pagar era x sustraccion, extravio o adulteracion).
Por ende este tercero le reclama a mi cliente que le termina abonando el importe adeudado y pretende iniciar el juicio ejecutivo contra el librador.
Ahora bien... mi consulta es la siguiente... quien seria el legitimado activo para iniciar el proceso?
A mi entender el legitimado activo seria el tercero tenedor legitimo de buena fe que presento el chq al cobro.... pero como mi cliente ya le pago.... yo queria saber si podria presentar la demanda mi cliente o si o si es necesario que la presente el tercero que se presento a cobrar por mas que el ya haya cobrado.....


Se me plantea esa duda....
Espero me comenten sus opiniones!
Desde ya muchas gracias
Sandra
 #1169459  por caroleta
 
Hola Sandra para asegurarte de que tu cliene tenga legitimación activa, podés hacer un endoso con fecha posterior al rechazo a nombre de tu cliente. De esta manera opera una cesión de créditos habilitándote a hacer el reclamo.