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  • APELAR LIQUIDACION DE OFICIO CAtY.-

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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #1157206  por josedora
 
Buenas Tardes: En un expte. contra el GCBA sobre Empleo Público en el fuero Contenc Adm y Tributario de CABA , practique liquidación se corrio traslado y el GCBA omitió responder. Pido ante el silencio de la demandada se elevan las actuaciones para resolver. El Juez rechaza mi liquidacion y practica de oficio una nueva que no concuerda " para nada" con lo que yo había presentado .Todavía no me notificaron, Saben cuantos ds tengo para presentar la apelacion y algún modelo de apelación ante este fuero ante la Ciudad Autónoma de Bs As.- Agradece cualquier ayuda.-
 #1157230  por josedora
 
Hola Administrativista: Gracias por responderme- Es mi primera apelación en este fuero,
Apelo y presento fundamentos ?? Tendrás algún modelo para mandarme como guía.-
Muchisimas gracias !!
 #1157254  por administrativista
 
DEDUCE RECURSO DE APELACIÓN.-
Señor Juez:
XXXXXXXXXXXXXX, abogado, Tº XX, Fº XXX del CAAL, en autos caratulados: “SXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX” (Expte. nº XXX), a V. S. me presento respetuosamente y digo:
I.- OBJETO:
En tiempo y forma vengo a interponer y fundar el presente recurso de apelación, contra la medida r dictada en autos con fecha 23 de septiembre de 2016 por no resultar ajustada a derecho y causar gravamen a mi parte.
 II.- LA DECISIÓN RECURRIDA:
De las constancias agregadas a la causa se desprende que en la decisión recurrida, el juez interviniente decidió hacer lugar XXXXXXXXXXXXXX
III.- FUNDAMENTACIÓN JURIDICA DE LA APELACION DEDUCIDA:
Del análisis de los elementos agregados a la causa surge el desacierto de la providencia en agravio, debido a que la decisión cuestionadaXXXXXXX
En tal sentido pasamos a desarrollar la crítica concreta y razonada de la decisión impugnada.

1) MOTIVO I
2) MOTIVO ii
3) MOTIVO iii
IV.- PLANTEA CUESTIÓN CONSTITUCIONAL:
Para el supuesto que no se revoque la decisión en agravio, dejo planteado el pertinente caso federal (art. 14 de la ley 48) y el caso constitucional provincial, pues una decisión adversa causaría un perjuicio irreparable al afectar los de defensa en juicio y de propiedad de la parte que represento (artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional y 15 y 31 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires).
V.- PETITORIO:
Por todo lo expuesto solicito:
1) Se me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio procesal indicado.
2) Se tenga por interpuesto y fundado el recurso deducido.
3) Se tenga por planteado el caso constitucional.
4) Se sustancie y oportunamente revoque la decisión en agravio.
Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA.-