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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #7994  por naty
 
Los casos en cuestión son de Rosario
Fallan contra la Ansés por limitar el pedido de una pensionada para jubilarse
Se le exigía el pago total de la deuda para acogerse a la moratoria previsional. Hay una treintena de casos más

La Justicia Federal de Rosario ordenó al Gobierno Nacional y a la Administración Nacional de Seguridad Social (Ansés) que otorgue la jubilación a una pensionada que no podía acceder a ese beneficio porque una resolución del organismo estatal se lo impedía. A este caso testigo se suman siete presentaciones más con resolución y otros 30 amparos que obtuvieron el visto bueno del juzgado para iniciar los trámites. Y aunque en este último grupo los fallos aún no están firmes, las personas, todas mujeres, igual podrán iniciar sus trámites jubilatorios.

En todos los casos las presentaciones de los abogados patrocinantes de los amparistas, Luciana Inés González y Daniel Alberto Quinteros, solicitan que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2º y 3º de los decretos nacionales 1451/06, y los artículos 4º y 5º de la resolución del Ansés Nº 884, y cualquier otra norma, reglamento, circular o instructivo que se dictare en concordancia con las citadas".

De acuerdo al texto del decreto 1451/06, se dispuso la prórroga de la moratoria previsional hasta abril de 2007. Esa misma norma "delega facultades" en el Ansés. Así, el 24 de octubre de este año el organismo previsional lanzó la resolución Nº884, que en su artículo 4º dispone en forma restrictiva que las personas que estuvieran recibiendo una pensión (plan social, retiro civil, policial o por viudez) sean de carácter provincial, nacional o municipal, deberán cancelar de una vez la totalidad de las cuotas adeudadas previamente a iniciar el trámite.

"Exigir el pago anticipado de la deuda implica frustrar el derecho a la jubilación de la actora, por lo que no cuenta con los medios económicos suficientes para cancelar la deuda", dice un tramo de los argumentos esgrimidos por la defensa de la anciana.

El primer amparo que resolvió el juez federal Nº1, Héctor Zucchi, y sirvió de caso testigo, benefició a Teresa Adelaida Gallo, una anciana de 90 años que percibía una pensión mínima por viudez de 470 pesos. Pero eso no es todo. Igual decisión resultó para otros siete casos. Y aunque no está firme la resolución porque la Ansés aún no contestó la demanda, unas 30 rosarinas más que cobran pensión por viudez se vieron beneficiadas por las medidas cautelares y ya iniciaron los trámites jubilatorios.

Entre sus argumentos el juez Zucchi dice que "el artículo 4º de la resolución 884/06 del Ansés entraña una prohibición en tanto sólo posibilita adquirir el derecho al cobro del beneficio previsional a partir de la cancelación total de la deuda reconocida y que en el caso de autos, inviste un monto tal que prácticamente impide su pago en consideración a las condiciones particulares de la actora, e implica en principio, una hermenéutica que convierte los artículos 6º de la ley 25.994 y 2º del decreto 1451 en su interpretación armónica".

Un dato que no es menor y paraliza el proceso para no llegar a la cuestión de fondo -si resulta o no inconstitucional la resolución 884 y sus alcances cercenan derechos básicos establecidos en la Constitución Nacional- es que el Ansés solicitó en el caso de Gallo que se declara "abstracta la cuestión traída a debate". Algo que en los otros casos aún no ocurrió porque no contestó la resolución.

Fue así que el juez Zucchi hizo lugar a los amparos y dictó las medidas cautelares. Ordena al Poder Ejecutivo Nacional y al Ansés el restablecimiento de la situación legal existente hasta antes del 25 de octubre de 2006, removiéndose todos los obstáculos y las normas que cercenen el derecho de la actora a obtener su jubilación tal como existía y estaba regulado legalmente y vigente antes del día antes mencionado.

La resolución es la primera de este carácter en el país, al beneficiar a quienes cobran una pensión ordinaria y a partir de ahora puedan adherirse a la promocionada moratoria jubilatoria, que vence el 30 de abril de 2007.
 #7998  por Recarte R
 
si, pero la pregunta del millón es ¿que hacemos con las que quedaron afuera del 25, sin envio de planes a la AFIP???
 #8010  por albe
 
Tenian un derecho adquirido aunque no hubieses iniciado trámite previo alguno.

Saludos

 #8038  por maripel
 
AHORA BIEN, QUÉ HACEMOS EN ROSARIO, INICIAMOS EL TRÁMITE A LAS PENSIONADAS O NO, PORQUE TENGO VARIAS PERSONAS ESPERANDO EL FAMOSO CAMBIO, POR FAVOR LA GENTE DE ROSARIO QUE CONOCE DEL TEMA RESPONDA, GRACIAS

 #8040  por marialaurameg
 
hola, tengo entendido que primero tenes que enviar todo a anses y ellos te van a dar el ok, porque los papeles estan bien. Luego, te llega una carta solicitando que pagues la totalidad de la deuda. De ahi, tenes 15 dias para interponer el amparo, porque es ahi recien cuando ves cercenado tu derecho.