Colegas, en un juicio de ART en Capital la demandada me opuso litispendencia en provincia. Ahora ambas partes pedimos suspensión de plazos porque intentamos llegar a un acuerdo. No contesté el segundo traslado porque lo presentamos estando vigente el plazo para hacerlo. Ahora el juzgado dispuso que "A los fines solicitados, hágasele saber a las partes que deberán comparecer personalmente en forma espontánea y con el acuerdo formulado.Sigan los autos según su estado." Por ende no hizo lugar al pedido de suspensión que si no llegamos a acordar me perjudica. Si planteo revocatoria me harán lugar de acuerdo al 157CPCCN??
Es la única opción que te queda... el tema es que hasta que resuelvan la revocatoria el plazo sigue corriendo.
¿Hablaste antes de dejar el escrito en conjunto?