Mi cliente, trabajador de la construcción (registrado) tiene un accidente. Sufre un traumatismo en el dedo de su mano. Se denuncia el accidente y se realiza el tratamiento en la clínica de acuerdo a lo indicado por la ART.
Después del tratamiento del dedo le notifican el cese de incapacidad laboral temporaria por alta médica sin incapacidad.
Días después le llega telegrama de despido con haberes y liquidación final a su disposición y recibos y documentación para fondo de desempleo disponibles.
Cobra el fondo de cese laboral, el cual manifiesta que es menor al que le corresponde en comparación con compañeros en su misma situación (?)
Tiempo de trabajo: dos meses y medio aprox.
1) Me manifiesta que el dedo todavía le molesta, lo más viable es notificar a ART para solicitar el reingreso al tratamiento?
2) Ante incumplimiento de la entrega al trabajador de constancia fehaciente del depósito de los aportes al Fondo de Desempleo. (Art. 29 ley 22250) podría solicitar la aplicación de la multa del art. 33 ley 22250?
Solamente en la liquidación final figura el descuento por el fondo de desempleo, pero en los restantes recibos de remuneración no hay ningún descuento por el mismo concepto y tampoco notificación alguna
Saludos
Después del tratamiento del dedo le notifican el cese de incapacidad laboral temporaria por alta médica sin incapacidad.
Días después le llega telegrama de despido con haberes y liquidación final a su disposición y recibos y documentación para fondo de desempleo disponibles.
Cobra el fondo de cese laboral, el cual manifiesta que es menor al que le corresponde en comparación con compañeros en su misma situación (?)
Tiempo de trabajo: dos meses y medio aprox.
1) Me manifiesta que el dedo todavía le molesta, lo más viable es notificar a ART para solicitar el reingreso al tratamiento?
2) Ante incumplimiento de la entrega al trabajador de constancia fehaciente del depósito de los aportes al Fondo de Desempleo. (Art. 29 ley 22250) podría solicitar la aplicación de la multa del art. 33 ley 22250?
Solamente en la liquidación final figura el descuento por el fondo de desempleo, pero en los restantes recibos de remuneración no hay ningún descuento por el mismo concepto y tampoco notificación alguna
Saludos