Hola, a todos, les hago la siguiente consulta, en un juicio de divorcio que inicie en provincia de Bs As., se corrio traslado de la demanda a la otra parte.
La cedula vino de vuelta (sin notificar), porque no encontraron a nadie en el domicilio.
Ahora bien, mi consulta es la siguiente, el conyuge que no se pudo notificar por cédula, puede presentarse en el expediente sin asistencia letrada para notificarse? En el dia de hoy me llamó al estudio diciendome que quiere hacerlo para agilizar los trámites y hacerle la cuestion mas simple a mi cliente. No tiene intencion de contestar la demanda porque es un divorcio simple (estuvieron casados 4 meses, no hay bienes, no hay hijos).
O para notificarse si o si se tiene que presentar con abogado?
Espero ayuda, gracias
La cedula vino de vuelta (sin notificar), porque no encontraron a nadie en el domicilio.
Ahora bien, mi consulta es la siguiente, el conyuge que no se pudo notificar por cédula, puede presentarse en el expediente sin asistencia letrada para notificarse? En el dia de hoy me llamó al estudio diciendome que quiere hacerlo para agilizar los trámites y hacerle la cuestion mas simple a mi cliente. No tiene intencion de contestar la demanda porque es un divorcio simple (estuvieron casados 4 meses, no hay bienes, no hay hijos).
O para notificarse si o si se tiene que presentar con abogado?
Espero ayuda, gracias
