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  • notificación por cédula

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 #1192634  por rob14
 
Hola, les quería hacer un par de preguntas que sobre notificaciones que me dejaron con duda en un expediente.
1- Hay un proveído para alegar que dice "Notifíquese por cédula" y nunca me notificó la parte actora y ella ya presentó sus alegatos. No tendría que haberme notificado? si no me notifica desde cuando me corre el plazo para alegar entonces?
2- en otro juicio, la parte actora (la otra parte, no yo) apela, le conceden la apelación hace 3 meses y no se notifica para expresar agravios. No queda notificada por ministerio legis??(porque si es asi, ya se le venció el plazo para expresar agravios) O que tiempo tiene para notificarse??
Espero me puedan responder las preguntas. Desde ya, muchas gracias y saludos a todos!!
 #1192646  por josefernandez
 
punto I.- el plazo corre desde que estas notificada, si no te notificaron el plazo no te esta corriendo.-
punto II.- plazo re vencido, planta que se declare desierto el recurso atento la no expresion de agravios
 #1192652  por legalescom
 
Al punto 1, ratifico lo dicho supra y agrego, ¿qué esperás para notificarte y, al mismo, tiempo alegar?. Al punto II, ratifico lo dicho supra.
 #1192687  por rob14
 
Con el tema del primer punto, ya me notifiqué y retiré expediente para alegar. Muchas gracias por sus respuestas!!!, fueron muy útiles!! Saludos a los 2!!