Notificación de socio de SRL.
Tengo que notificar demanda por despido. Intercambio telegráfico mandé a domicilio de AFIP de SRL y todo bien. A socia le envié a lugar de prestación de tareas (reconocido por la SRL en contestación), y me las rechazaron todas.
Donde notifico demanda a SOCIA?:
1.- Domicilio de prestación de tareas (bajo responsabilidad)?
2.- Domicilio de AFIP de SRL (Socia no tiene constancia AFIP para ver domicilio)
3.- Domicilio que aparece constituido por la socia en edicto de Boletín Oficial en relación a SRL (es de 2013).
4.- Otro?
Si notifico bajo responsabilidad a la SOCIA en el lugar de prestación de tareas, y luego demuestro que allí efectivamente se prestaban tareas entiendo que la notificación estaría OK, o no?
Quiero evitarme tener que oficiar al RENAPER, IGJ, etc. Si me toca un Juzgado lento puede demorar 2 años el cuento; la otra opción sería no demandar a la socia y listo.
Entiendo que si tengo sentencia contra la SRL, luego podría hacerla extensiva contra la socia aunque no esté demandada inicialmente (voy por 24013), es así?
Qué dicen?
Saludos.
Tengo que notificar demanda por despido. Intercambio telegráfico mandé a domicilio de AFIP de SRL y todo bien. A socia le envié a lugar de prestación de tareas (reconocido por la SRL en contestación), y me las rechazaron todas.
Donde notifico demanda a SOCIA?:
1.- Domicilio de prestación de tareas (bajo responsabilidad)?
2.- Domicilio de AFIP de SRL (Socia no tiene constancia AFIP para ver domicilio)
3.- Domicilio que aparece constituido por la socia en edicto de Boletín Oficial en relación a SRL (es de 2013).
4.- Otro?
Si notifico bajo responsabilidad a la SOCIA en el lugar de prestación de tareas, y luego demuestro que allí efectivamente se prestaban tareas entiendo que la notificación estaría OK, o no?
Quiero evitarme tener que oficiar al RENAPER, IGJ, etc. Si me toca un Juzgado lento puede demorar 2 años el cuento; la otra opción sería no demandar a la socia y listo.
Entiendo que si tengo sentencia contra la SRL, luego podría hacerla extensiva contra la socia aunque no esté demandada inicialmente (voy por 24013), es así?
Qué dicen?
Saludos.