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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1206878  por priviet
 
Estimados buenos días, soy nuevo en el foro y agradeceré cualquier aporte y/o sugerencia que puedan acercar al asunto que a continuación detallo.
La empleada doméstica le reclama a mi clienta por el despido a mi clienta fue contratada por el matrimonio de su padre con su segunda mujer, figurando ésta última como empleadora ante AFIP. A su muerte los hijos de ella la dan de baja de AFIP despidiéndola de palabra aparentemente sin indemnización, pero a su vez continuó trabajando sin registrar para el cónyuge supérsitite recibiendo salario de parte de mi clienta hasta la muerte de aquél.
Ahora bien, el reclamo está dirigido hacia mi clienta y hacia la hija de la empleadora. Por lo que pude hablar con su letrado en la primer audiencia del seclo no van a ofrecer nada porque entienden que la acción está prescripta debido a que pasaron más de dos años desde la baja de AFIP.
Mis consultas son las siguientes:
- si hubo continuidad laboral entre el empleo registrado y el no registrado deberían ser solidarios ambos demandados en el pago del monto que se arregle en la audiencia?
- si no hubo continuidad laboral o si el reclamo por los años registrados está prescripto mi clienta sólo respondería por el año en negro más multas, etc.?
- teniendo en cuenta que se trataría de un crédito laboral podría iniciar demanda contra mi clienta sin haber declaratoria de herederos que la acredite como tal?

Muchísimas gracias!!!