Hola.
Tengo la presente duda.
Un empleador, notifica verbalmente un despido.
Luego envía por CD el despido notificando el cese desde el ultimo día hábil del mes informándole que esta disponible liquidación final, e indemnización.
El trabajador se presenta, cobra y firma la baja.-
Sin embargo, como la CD se despacho el ultimo día del mes, y la misma llego al un día después, el día 1º del mes siguiente. el trabajador, intima por el 233 LCT reclamando el mes integrativo de dicho mes.
Ello es procedente?, he visto jurisprudencia a favor y en contra.
Otro dato es que y el último día del mes ya no se apersonó a laborar ni firmo planilla de control de horario, lo cual hace presumir que estaba enterada del contenido de la futura CD.
Alguna sugerencia o punto de vista.
Tengo la presente duda.
Un empleador, notifica verbalmente un despido.
Luego envía por CD el despido notificando el cese desde el ultimo día hábil del mes informándole que esta disponible liquidación final, e indemnización.
El trabajador se presenta, cobra y firma la baja.-
Sin embargo, como la CD se despacho el ultimo día del mes, y la misma llego al un día después, el día 1º del mes siguiente. el trabajador, intima por el 233 LCT reclamando el mes integrativo de dicho mes.
Ello es procedente?, he visto jurisprudencia a favor y en contra.
Otro dato es que y el último día del mes ya no se apersonó a laborar ni firmo planilla de control de horario, lo cual hace presumir que estaba enterada del contenido de la futura CD.
Alguna sugerencia o punto de vista.