Buenas noches a todos los abogados de este increíble foro!
Como podrán ver es mi primera consulta por esos lares, a pesar de llevar un buen tiempo registrado.
Tengo 3 pequeñas dudas que me gustaría si pudieran orientarme: tengo que redactar un contrato de mutuo para un préstamo dinerario que "x" le quiere hacer a "y", y entre algunas de las clausulas que estoy incluyendo es la de pedir una prenda en garantía en caso de incumplimiento.
Mis dudas son estas:
1) en el caso de que "x" quiera dedicarse habitualmente a dar prestamos (hacerlo de su profesión) es necesario consultar en AFIP por el tema tributario? entiendo que si no se dedica a dar prestamos de forma habitual es legal y no se pagan impuestos...
2) al ser mi primera vez en esto tengo dudas en cuanto al interés a aplicar... es factible cobrarle al mutuario un 30% de interés del total del capital pagaderos en 6 cuotas mensuales? (es decir presta 10.000 y recupera 13.000 en total al finalizar todas las cuotas)... cuando un interés es usurario?
3) la ultima, es posible adjudicarse la prenda en caso de incumplimiento, estando ambas partes de acuerdo? leyendo los artículos del código entiendo que si, siempre y cuando resulte de un procedimiento de elección establecido entre las partes (ARTICULO 2229, inc. b del CCYC), pero la pregunta seria ¿cual es ese procedimiento en la practica?
Muchas gracias de antemano gente, estaré participando mas activamente a partir de ahora.
Como podrán ver es mi primera consulta por esos lares, a pesar de llevar un buen tiempo registrado.
Tengo 3 pequeñas dudas que me gustaría si pudieran orientarme: tengo que redactar un contrato de mutuo para un préstamo dinerario que "x" le quiere hacer a "y", y entre algunas de las clausulas que estoy incluyendo es la de pedir una prenda en garantía en caso de incumplimiento.
Mis dudas son estas:
1) en el caso de que "x" quiera dedicarse habitualmente a dar prestamos (hacerlo de su profesión) es necesario consultar en AFIP por el tema tributario? entiendo que si no se dedica a dar prestamos de forma habitual es legal y no se pagan impuestos...
2) al ser mi primera vez en esto tengo dudas en cuanto al interés a aplicar... es factible cobrarle al mutuario un 30% de interés del total del capital pagaderos en 6 cuotas mensuales? (es decir presta 10.000 y recupera 13.000 en total al finalizar todas las cuotas)... cuando un interés es usurario?
3) la ultima, es posible adjudicarse la prenda en caso de incumplimiento, estando ambas partes de acuerdo? leyendo los artículos del código entiendo que si, siempre y cuando resulte de un procedimiento de elección establecido entre las partes (ARTICULO 2229, inc. b del CCYC), pero la pregunta seria ¿cual es ese procedimiento en la practica?
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