Estimados colegas,
Tengo un cliente (hija) cuyo padre (condenado a prisión domiciliaria por más de 3 años) que pretende junto a este último iniciar juicio por reajuste de haberes contra la Caja de la Policía Federal Argentina.
Sin embargo, para poder representarlo legalmente necesitaría realizar el proceso de determinación de la capacidad toda vez que el reo se encuentra encuadrado en el Art. 12 del Cód. Penal.
Cito- La reclusión y la prisión por más de tres años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena, la que podrá durar hasta tres años más, si así lo resuelve el tribunal, de acuerdo con la índole del delito. Importan además la privación, mientras dure la pena, de la patria potestad, de la administración de los bienes y del derecho de disponer de ellos por actos entre vivos. El penado quedará sujeto a la curatela establecida por el Código Civil para los incapaces.
Ahora bien, mis clientes sólo quieren iniciar el juicio siempre y cuando no tenga que ser citado/ trasladado al reo al juzgado debido a su grave estado de salud, es una persona de 91 años y muy delicada.
Las preguntas son las siguientes:
1) si tienen un modelo de escrito de inicio para este caso en particular
2) según lo leído, puede que sea citado o bien visitado el incapaz según la circunstancia, esto es así?
3) cuánto tiempo lleva el proceso en Gral? con dictado de sentencia, aceptación del cargo y extensión de testimonio
Tengo un cliente (hija) cuyo padre (condenado a prisión domiciliaria por más de 3 años) que pretende junto a este último iniciar juicio por reajuste de haberes contra la Caja de la Policía Federal Argentina.
Sin embargo, para poder representarlo legalmente necesitaría realizar el proceso de determinación de la capacidad toda vez que el reo se encuentra encuadrado en el Art. 12 del Cód. Penal.
Cito- La reclusión y la prisión por más de tres años llevan como inherente la inhabilitación absoluta, por el tiempo de la condena, la que podrá durar hasta tres años más, si así lo resuelve el tribunal, de acuerdo con la índole del delito. Importan además la privación, mientras dure la pena, de la patria potestad, de la administración de los bienes y del derecho de disponer de ellos por actos entre vivos. El penado quedará sujeto a la curatela establecida por el Código Civil para los incapaces.
Ahora bien, mis clientes sólo quieren iniciar el juicio siempre y cuando no tenga que ser citado/ trasladado al reo al juzgado debido a su grave estado de salud, es una persona de 91 años y muy delicada.
Las preguntas son las siguientes:
1) si tienen un modelo de escrito de inicio para este caso en particular
2) según lo leído, puede que sea citado o bien visitado el incapaz según la circunstancia, esto es así?
3) cuánto tiempo lleva el proceso en Gral? con dictado de sentencia, aceptación del cargo y extensión de testimonio