Estimado claudiogerman973: Visto y Considerando que, el DRalonso, se escapa por la tangente y que Abogado_1987, sin mala voluntad, adopta el mismo camino, ya que no responde, concretamente, a tu inquietud. Yo te la voy a contestar, según entiendo, cómo y cuando, se podría resolver, el tema que planteaste.
Ante todo, te debo aclarar que, la viuda, para disponer, ya sea onerosa o gratuitamente, de su parte ganancial, del matrimonio habido con el causante, ya fuera favor de una nieta, como de un tercero, extraño al núcleo familiar, no necesita el consentimiento de sus hijas.
Por otra parte, repasá el Cód. Civ. y Com, en sus:
Art. 2388.- Heredero que no lo era al tiempo de la donación. El descendiente que no era heredero presuntivo al tiempo de la donación, pero que resulta heredero, no debe colación. El cónyuge no debe colación cuando la donación se realiza antes del matrimonio.
Art. 2389.- Donación al descendiente o ascendiente del heredero. Las donaciones hechas a los descendientes del heredero no deben ser colacionadas por éste. El descendiente del donatario que concurre a la sucesión del donante por representación debe colacionar la donación hecha al ascendiente representado.
Si bien, estas donaciones, no deben ser colacionadas, podrían ser calificadas de "inoficiosas", conforme al artículo 1565 y aplicárseles la reducción del artículo 2386 pero, entiendo, al fallecimiento del donante, no antes.
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