Buenas tardes: se trata de una caso de trabajo no registrado, en el cual el trabajado envía primer telegrama en el que intima registración bajo apercibimiento de despido indirecto. Ante el silencio de la contraria, envia segundo telegrama en cual pero se omite poner en forma textual "me considero despedido...."
Esta perfeccionado el despido?
A mi criterio (con intención de salvarlo) entiendo que el trabajador realizo actos inequivocos en ese sentido, y que expresamente la ley 24013 (art 11) no exige expresamente tal circunstancia y solo la intimación previa que si esta cumplimentada?
Espero se entienda, y si pueden ayudar se agradece.
Esta perfeccionado el despido?
A mi criterio (con intención de salvarlo) entiendo que el trabajador realizo actos inequivocos en ese sentido, y que expresamente la ley 24013 (art 11) no exige expresamente tal circunstancia y solo la intimación previa que si esta cumplimentada?
Espero se entienda, y si pueden ayudar se agradece.