Hola, buenas tardes, recurro al saber y experiencia de los foristas para este caso que me genera varias dudas, si es posible puedan ayudarme, muchas gracias
El tema es así: Juicio laboral en CABA (voy por la actora), los demandados: una persona jurídica y dos personas físicas. Todos en rebeldía
Concluída la etapa probatoria, con autos para alegar, el fiscal pide nulidad del proceso desde la declaración de rebeldía de la persona jurídica.
Tiene toda la razón y no lo discuto, pero el juez al sentenciar declara la nulidad de todo el proceso desde la rebeldía y manda las actuaciones al juzgado que sigue en orden del turno por considerar que dictó resoluciones que exceden el mero trámite
Mi idea es pedir revocatoria con apelación en subsidio atento a que la nulidad debería ser únicamente respecto del codemandado persona jurídica y dejar a salvo el proceso respecto a las personas físicas, y no existe ninguna resolución que resulte en la opinión del juez (no hay sentencia). Creo estar en lo correcto o estoy omitiendo algo?
Por otro lado, no comprendo porque la nulidad es desde el auto de declaración de rebeldía y no desde la cédula de traslado de demanda bajo responsabilidad que fuera notificada, si el vicio está en los dos actos y desde la cédula de traslado habría que arrancar de nuevo.
Y por último, como juega la prescripción del derecho? Porque la demanda tiene mucho más de dos años
Perdón por tantas preguntas, pero realmente agradeceré si alguien me comparte su opinión y criterio
El tema es así: Juicio laboral en CABA (voy por la actora), los demandados: una persona jurídica y dos personas físicas. Todos en rebeldía
Concluída la etapa probatoria, con autos para alegar, el fiscal pide nulidad del proceso desde la declaración de rebeldía de la persona jurídica.
Tiene toda la razón y no lo discuto, pero el juez al sentenciar declara la nulidad de todo el proceso desde la rebeldía y manda las actuaciones al juzgado que sigue en orden del turno por considerar que dictó resoluciones que exceden el mero trámite
Mi idea es pedir revocatoria con apelación en subsidio atento a que la nulidad debería ser únicamente respecto del codemandado persona jurídica y dejar a salvo el proceso respecto a las personas físicas, y no existe ninguna resolución que resulte en la opinión del juez (no hay sentencia). Creo estar en lo correcto o estoy omitiendo algo?
Por otro lado, no comprendo porque la nulidad es desde el auto de declaración de rebeldía y no desde la cédula de traslado de demanda bajo responsabilidad que fuera notificada, si el vicio está en los dos actos y desde la cédula de traslado habría que arrancar de nuevo.
Y por último, como juega la prescripción del derecho? Porque la demanda tiene mucho más de dos años
Perdón por tantas preguntas, pero realmente agradeceré si alguien me comparte su opinión y criterio