Hola, soy nuevo en el foro, mi consulta es la siguiente: En un Juicio Ejecutivo (en Pcia. de Bs.As.), con sentencia Firme, mi cliente firmo un convenio de Pago con la acreedora (extrajudicial) por una suma determinada, en concepto de capital, intereses y de HONORARIOS profesionales... luego lo presentaron en el expediente solicitando su homologacion, el juzgado solicito la ratificacion del mismo por las partes, la cua se cumplio y al momento de homologar el trubunal se expidio de la siguiente manera : "...AUTOS Y VISTOS: Atento lo que surge de autos ( ver fs.46) y siendo que la homologación es uno de los modos anormales de terminación del proceso (art. 304 a 318 C.P.C.), y encontrándose las presentes actuaciones concluídas por sentencia firme (art. 163 C.P.C.), la homologación solicitada no resulta procedente, sin perjuicio de lo cual, consistiendo el acuerdo formulado a fs.46, en una dación en pago, declárase válida la misma en los términos del art. 779 C.C..-..." y a continuacion regula honorarios profesionales!!!! reclamando a mi cliente el pago de dichas sumas....las cuales ESTAN CONTEMPLADAS EN EL CONVENIO QUE SE PRESENTE EN EL EXPTE.. Son recalmables esos honorarios?? Gracias
Carlos
Carlos