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  • BIENES SOCIEDAD CONYUGAL- URGENTE!!

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 #168088  por marco1979
 
Quisiera hacer la siguiente consulta:
1- Un matrimonio celebrado en España, trasncripto en Argentina. Al año adquirieron un inmueble y lo pusieron a nombre de los 2 conyuges pero el dinero con el que se adquierio el bien es 80% de uno y 20% del otro, pudiendose probar con comprobante de la transferencia del dinero de la cuenta bancaria que el conyuge que aporto el 80% tiene en España.
Ahora se encuentran separados de hecho, y ante un eventual divorcio el conyuge que aporto el 80% del bien esta buscando la manera de evitar que se divida 50 y 50 y probar con la transferencia del banco que a el le corresponde el 80%. Es posible que se liquide el bien 20 y 80 y no 50 y 50, teniendo en cuenta que el 80% tiene origen de bien propio pero esta a nombre de los 2 conyuges durante el matrimonio?

 #168093  por mariaana
 
Yo creo que no se puede hacer nada porque además de ser un bien ganancial son condóminos. Esto si es como vos decís que el bien está registrado a nombre de ambos.

 #168106  por claudiarf
 
Lo que habría que ver si en la escritura figura que el 80% que puso el esposo lo declaró que lo hacía con carácter de un bien propio. y ella haya prestado consentimiento Si no, mitad para cada uno
El matrimonio fue inscripto en la Argentin??Ojo!!!Arts 159 y ss. del CC