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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #11317  por Dra. Paula
 
Mujer de 67 años (nacida el 13/02/1939)
Sin aportes
Situacion de revista 01/1958 a 12/1984 act, 307
Beneficio 01/1958 a 12/1964 (art. 38 o art. 3)

Envie el plan y hoy me dijeron que estaba rechazado por cod. 33

Alguien me puede corregir este SICAM porque no le encuentro el error. Gracias

 #11318  por Nacho12453
 
te conviene utilizar el art 3 en los años mas caros, segun mi cuenta le sobran 11 meses pero habria que ver si aplicastes el art 38 como lo hicistes.

 #11323  por Dra. Paula
 
Le aplique el art. 3.
Pero igualmente, si bien es mas caro, es indistinto si le aplico el art. 3 o art. 38 porque este ultimo lo podia aplicar hasta el 1969.
No entiendo porque lo rechazaron.
Lo ingreso nuevamente y veo que pasa.
En el 0800 me dijieron que puede ser tambien error de sistema, eso les paso alguna vez?
Gracias

 #11327  por Nieves
 
DRA.PAULA 8) En situación de revista tenés 26 años y la Sra. recién el 13/02 va a exceder 4 años ¿ será eso? HUMILDE OPINIÓN. :wink:

 #11331  por martha
 
Paula, segun mi criterio yo hubiera planteado esta situacion de revista, te pido que cuentes los años y dias por las dudas.
cumplió 18 años el 13/2/57.
tiene exceso de edad de 7 Años y pico.Situacion de revista puede ser:
1/3/57 al 31/3/76 son 19 años 1 mes -moratoria codigo 307
1/4/76 al 31/3/83 son 7 años art. 3

exceso de edad 3 años 11 meses 26 dias
Total 30 años
Espero te sirva. :idea:

 #11340  por Dra. Paula
 
Gracias Dra. Marta.
Entonces voy a rechazar el plan y lo hago nuevamente.
Gracias nuevamente.

 #11351  por CONNI
 
yo lo hria asi
sit rev 02/57 al 02/83
benef. 03/76 al 02/83

cumplio el 02/57 los 18 años
que tengas exitos

 #11353  por martha
 
Conni: hay que tener cuidado con contar tan justo, siempre se recomienda tomar desde el mes siguiente al cumpleaños ejemplo si cumplió los 18 años en el mes 2 del año 1957 tomá desde el mes 3, es mas seguro, lo demas a criterio personal. Es mi modesta opinion. :!:

 #11376  por Yanina Rodriguez
 
POR SI TE SIRVE MI OPINION
YO HARIA ASI

EDAD AL 05/02/2007: 67 AÑOS Y 11 MESES

EXCEDE: 7 AÑOS 11 MESES
COMPENSA: 3 AÑOS 11 MESES
COMPRA : 26 AÑOS 1 MES

SITUACION DE REVISTA:
03/1957 - 03/1983 COD. 307
BENEFICIO
04/1976 - 03/1983 ART. 3 LEY 24476

SUERTE
YANINA

 #11440  por CONNI
 
martha escribió:Conni: hay que tener cuidado con contar tan justo, siempre se recomienda tomar desde el mes siguiente al cumpleaños ejemplo si cumplió los 18 años en el mes 2 del año 1957 tomá desde el mes 3, es mas seguro, lo demas a criterio personal. Es mi modesta opinion. :!:
SACAME UNA DUDA SI TOMO LOS MESES DEMAS NO PASA NADA?
AHORA SI TOMO LOS MESES DE MENOS AUNQ SEA 1 SOLITO ! LO RECHAZAN, ES ASI ? LO VOY A TENER EN CUENTA PERO EL BENEFICIO TAMBIEN SERIA DISTINTO A LAS FECHAS ME REFIERO

 #11607  por Yanina Rodriguez
 
JAJJA
ASI FUNCIONA ARGENTINA CONNI!!!

SI PAGAS DE MAS...ESTA TODO BIEN, SI PAGAS DE MENOS NO SIRVE...
ES POR ESO QUE SIEMPRE DICEN QUE TOMEMOS AL MENOS UN MES DEMAS ES "POR LAS DUDAS"...DE TODOS MODOS ESE MES DE MAS LO ESTAS PAGANDO EN LA MORATORIA......
PERO DE LO CONTRARIO NO TE VAN A REGALAR ..NI UN DIA...
SALUDOS
YANINA