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  • hombre de 58 años con 31 aportes-aYUDAA

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #13290  por SIL.PE
 
Hola tengo un caso de Hombre 58 años ACTUALMENTE EN ACTIVIDAD EMPLEADO con 25 rrdd Y 5 como autónomo.

No se si me pasa a mi nomas esto,pero la gente esta confundida,escucha cualquier cosa y se quiere jubilae a cualquier edad......Ultimamente todos estos casos se me plantean.

POR FAVOR ESTOY CONFUNDIDA,para la PAD art. 2 25996 hay que estar sin emplea al 30/12/2004 ademas de los 30 de aportes.
Y este señor esta empleado.

esta bien mi razonamiento?????
Por ahora no se podria jubilar,salvo se modifique la edad.

AYUDEN¡¡¡¡¡ MAÑANA VIENE A CONSULTA Y NO SE QUE LE VOY A DECIR. :roll:

GRACIAS.
 #13295  por marisa
 
SIL.PE escribió:Hola tengo un caso de Hombre 58 años ACTUALMENTE EN ACTIVIDAD EMPLEADO con 25 rrdd Y 5 como autónomo.

No se si me pasa a mi nomas esto,pero la gente esta confundida,escucha cualquier cosa y se quiere jubilae a cualquier edad......Ultimamente todos estos casos se me plantean.

POR FAVOR ESTOY CONFUNDIDA,para la PAD art. 2 25996 hay que estar sin emplea al 30/12/2004 ademas de los 30 de aportes.
Y este señor esta empleado.

esta bien mi razonamiento?????
Por ahora no se podria jubilar,salvo se modifique la edad.

AYUDEN¡¡¡¡¡ MAÑANA VIENE A CONSULTA Y NO SE QUE LE VOY A DECIR. :roll:

GRACIAS.
Hay que estar desempleado con anterioridad al 31/12/05 el tema de los aportes no importa que no tenga los 30 pues se los compra de faltar por la moratoria y contar los hombres con 60 años y las mujeres con 55.

Le falta un requisito esencial del art.2 25994 que es que no está desempleado
Y por la 24241, le falta la edad jubilable.
No sé que actividad tiene el hombre, fijate que si es por ejemplo una tarea insalubre o algo similar que tenga un regimen especifico tal vez puedas, pues estos regimenes especiales establecen edad jubilable menor.
 #13304  por naty
 
[marisa ero ya esta vigente eso que se pueden comparar los años que falta para los 30 por moratoria??? yo tengo un cliente que lo rechase pq le faltaban 7 mese
como es eso? tenes idea?

 #13321  por Susana
 
Marisa lo que se es que si que se puede pagar de contado los años que faltan para llegar a los 30 y luego hacer la jubilacion. pero con moratoria no se ?? En realidad sí podés pagarla en cuotas pero debe estar totalmente cancelada la deuda para pedir la PAD. Es decir, para acceder a la prestación anticipada tengo que tener sí o sí 30 años acreditados y abonados.

Mira el siguiente link:

http://www.anses.gov.ar/prensa/notas/20 ... opular.htm

Es de la página de anses, pero no se si está la resolución, si alguien sabe??

 #13324  por marisa
 
Susana escribió:Marisa lo que se es que si que se puede pagar de contado los años que faltan para llegar a los 30 y luego hacer la jubilacion. pero con moratoria no se ?? En realidad sí podés pagarla en cuotas pero debe estar totalmente cancelada la deuda para pedir la PAD. Es decir, para acceder a la prestación anticipada tengo que tener sí o sí 30 años acreditados y abonados.

Mira el siguiente link:

http://www.anses.gov.ar/prensa/notas/20 ... opular.htm

Es de la página de anses, pero no se si está la resolución, si alguien sabe??
Gracias Susana ahora lo veo...
 #13409  por SIL.PE
 
marisa escribió:
SIL.PE escribió:Hola tengo un caso de Hombre 58 años ACTUALMENTE EN ACTIVIDAD EMPLEADO con 25 rrdd Y 5 como autónomo.

No se si me pasa a mi nomas esto,pero la gente esta confundida,escucha cualquier cosa y se quiere jubilae a cualquier edad......Ultimamente todos estos casos se me plantean.

POR FAVOR ESTOY CONFUNDIDA,para la PAD art. 2 25996 hay que estar sin emplea al 30/12/2004 ademas de los 30 de aportes.
Y este señor esta empleado.

esta bien mi razonamiento?????
Por ahora no se podria jubilar,salvo se modifique la edad.

AYUDEN¡¡¡¡¡ MAÑANA VIENE A CONSULTA Y NO SE QUE LE VOY A DECIR. :roll:

GRACIAS.
Hay que estar desempleado con anterioridad al 31/12/05 el tema de los aportes no importa que no tenga los 30 pues se los compra de faltar por la moratoria y contar los hombres con 60 años y las mujeres con 55.

Le falta un requisito esencial del art.2 25994 que es que no está desempleado
Y por la 24241, le falta la edad jubilable.
No sé que actividad tiene el hombre, fijate que si es por ejemplo una tarea insalubre o algo similar que tenga un regimen especifico tal vez puedas, pues estos regimenes especiales establecen edad jubilable menor.
Gracias marisa por tu respuesta.Ya Me pierdo y la gente se pone insoportable porque escucha cosas y creen que si uno les dice que no puede por no reunir requisitos es porque el "abogado no sabe"
Y este hombre esta empleado en la actualidad y no llega a los 60 años.

Gracias nuevamente,
Un beso.