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  • Ampliacion Reglamento de copropiedad

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 #206591  por SUSY
 
Durante el año pasado , convoque a una asamblea para tratar la ampliacion del uso comercial de mi local,obtuve el ok mayoritario,ahora me estan pidiendo que rectifique lo acordado en asamblea , que debo hacer croncretamente?

A fin de poderlo alquilar mi abogado solicito una copia certificada de la ampliacion y me dijo que esto seria suficiente.......debo hacer una ampliacion tipo anexo al reglamento de copropiedad via escribano?

Tienen idea del costo de algo asi?

Gracias!

 #207099  por martha
 
Fijate bien que dice el reglamento porque eso implica una modificacion, y si es correcto lo que te dice, debe inscribirse, es como una escritura, consultá en una Escribania o en gestoria.
La mayoria de los reglamentos que vi requieren unanimidad!. :roll:

 #207140  por SUSY
 
Gracias Martha!

Mira el reglamento esta tan mal redactado.....pero en cuanto modificacion esta claro que necesito las 2/3 partes , lo que logre en un 90% de aceptacion.
En principio se notifico a todo el consorcio mediante fotocopia acta de asamblea y yo tengo esa fotocopia certificada por escribano.pero tampoco existe plazò para hacerlo si ante gob de cdad de Bs AS es aceptado para la habilitacion de otro rubro.....no?

Cariños

 #207151  por Sailaw
 
Para hacer una modificación de ese tipo al reglamento, se necesita el 100%, se debe hacer por escritura, y sale una fortuna,

 #207185  por SUSY
 
Gracias por las buenas noticias!!! Pero si hay algo claro en el reglamento es que se necesitas los 2/3 partes y en eso coince el abogado del consorcio.

Saludos!

 #207255  por DAL
 
NO sale una fortuna ya que no se tocan las partes exclusivas y comunes.
Se hace una protocolización del acta y se inscribe marginalmente.
Hice una donde se reformó el reglamento en todo lo que es administración, elección, consejo de administración, y el escribano nos presupuestó $600 Y esto luego de consultar con registro de la propiedad y colegio de escribanos, ya que los demás escribanos pedían valores fiscales de los 50 departamentos y decían que el doble de estos era la base para aplicar sus honorarios. Es decir que pretendian cobrar el 7% sobre el valor del edificio: el consejo de administración más caro de la historia!!!

 #207321  por aleuba76
 
Hola Susy

Para las habilitaciones en Capital Federal, rige el decreto 93/gcba/2006, el que indica que el escribano es EL RESPONSABLE de verificar que los rubros que queres habilitar, NO estén prohibidos en el reglamento de copropiedad.
El reglamento NO va al expediente de habilitación, por lo que no ingresa siquiera a dependencia alguna del GCBA, sino que el escribano dictamina si está bien, o no.
Si vos queres habilitar un librería, y el reglamento dice "la U.F. 1 será destinada a VIVIENDA", necesitás indefectiblemente lograr la modificación de reglamento, que es por escritura, se piden informes para acreditar el dominio, firman todos los titulares, y se inscribe en el registro; pero como bien dice Dal, NO es tan complicado como en otros casos de modificación, ya que no se calcula sobre un porcentaje, sino en la tarea realizada de acuerdo a la cantidad de unidades del consorcio.

Ahora, si dice "LA U.F. 1 será destinada a "...TALLER DE CONFECCION DE PRENDAS DE VESTIR, no pudiendo modifcar sus destino....", aunque esté permitido un rubro comercial, lo que necesitas en UN ACTA DE ASAMBLEA con las mayorias que indica el reglamento donde los consorcistas autoricen la actividad que vos querés desarrollar (por ejemplo, panadería), y NO es necesario protocolizarla siquiera a los efectos de la habilitación.

Acá te copio lo que dicen mis escrituras:
....que el inmueble se halla sometido al régimen de la ley 13512 de Propiedad Horizontal, conforme surge de la copia simple del Reglamento de Copropiedad otorgado del 24 de septiembre de 1998, el que ha sido pasado al folio ….. ante el escribano …………. a cargo del registro notarial ………de esta ciudad.- Yo escribano autorizante hago constar que del acta de asamblea extraordinaria celebrada el ……… obrante a fojas…. del libro de actas de asambleas rubricado por el Registro de la Propiedad Inmueble de esta ciudad bajo el ……. con fecha ……..., surge que ha sido permitida la actividad a habilitar con las mayorías que el citado reglamento exige



DEC. 93/2006
ART. 6to. Inc. B
Cuando el pedido de habilitación se refiera a locales sometidos al régimen de propiedad horizontal, el Escribano Público interviniente debe verificar que su destino se encuentre autorizado por el reglamento de copropiedad y administración o por el resto de los consorcistas de conformidad a lo dispuesto en el art. 2.1.3., inc. i), de la Ordenanza Nº 44.947, debiendo el interesado presentar una declaración jurada ante el escribano interviniente respecto del uso al que destinará el local en cuestión.

Ordenanza 44947. art. 2.1.3.
Inciso i)
El reglamento de copropiedad y administración cuando se trate de locales emplazados en inmuebles regidos por la Ley de Propiedad Horizontal, o en su defecto, la conformidad del resto de los consorcistas, mediante certificación del representante legal del consorcio o autorización del resto de los copropietarios, esta última certificada por Escribano Público.

La certificación del representante que dice en la ordenanza, para mi gusto, JAMÁS alcanzará, ya que hay mucha gestores "astutos" en el rubro habilitaciones, y ante la astucia, prefiero la prudencia. :P

Dos cosas:
1) Ojo con los gestores, porque hay mucho chanta (NO todos, claro)
2) La escribanía que te vaya a hacer la escritura, que tenga exp. en habilitaciones, sino que la derive a otra que entienda, porque en sí es fácil, pero si no estás en el tema, es chino básico. (generalmente los gestores ya trabajan con una escribanía)

Saludos, y espero haber colaborado en despejar tus dudas
Ale

 #207382  por martha
 
ALEUBA, MUY BUENO!!!!!! :)

 #207402  por Sailaw
 
Muy ilustrativo e interesante lo expuesto, realmente las veces que me vinieron cosas así, la consulta al escribano atemorizó como dijo Dal y Martha al respecto, vale decir que si encontramos un notario que sabe hacerlo, las cosas pueden resultar y más económicas.

 #207543  por SUSY
 
Les agradezco un monton a todos los que participaron en las respuestas Dal, vos estuviste en este tema desde que estaba convocando a asamblea el 2007.

Aleuba lo suyo de posgrado para para una ignorante en el tema como yo.Martha nuevamente gracias y tb lo hago extensivo a Sailow.

Saludos!! :)