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  • NOTIFICACION POR FOTOCOPIAS DEL EXPEDIENTE

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 #219031  por Taneyev
 
Ve 134 y 127 del CPCCC (en Capital). Para sacar fotocopias te deben
prestar el expediente, y con la nota de entrega y la de devolución te
estarás notificando de todas las resoluciones dictadas hasta ese momento.
Luego no podrás alegar que desconocias alguna, aunque fuere de las
que expresamente se ordenó notificar por cédula. Pero si quien pide
el préstamo es letrado patrocinante y nó apoderado, EMO ello no implica
que su parte patrocinada haya quedado notificada.

 #219095  por doctor 2009
 
y si la pide un practicante del patrocinio con la autoriza firmada por letrado y consultante?

 #219332  por SAILOR
 
Si en el escrito el consultante autoriza al practicante, tb. se cumple el art 134.C.P.C.C.

 #219739  por sergiosky
 
de todas maneras podes decirle al de mesa de entrada que te deje sacar fotocopia a un decreto y no por eso vas a quedar si o si notificado, o sea, depende mucho del humor de la empleada porque yo miles de veces saqué fotocopia al expediente y no quedé notificado porque se lo pido un minutito y se lo devuelvo a veces te anotan en un libro que vos retiraste el expediente para sacar fotocopia, ahi si quedas notificado, la idea es que te lo presten pero sin dejar constancia que te lo llevaste.

 #220171  por doctor 2009
 
entiendo, pero lo que vos decis es muy relativo de cada juzgado, en la generalidad vas con el escrito solicitando sacar fotocopias e indefectiblemente quedas notificado, cierto?