Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Notificacion - domicilio

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #227589  por estudleon
 
Hace tiempo hubo fallo camara civil capital que determino que el domicilio para notificar demanda debía ser el constituido en la mediaciíon.

Con posterioridad no hallé más al respecto, ni en colección de fallos - CSJN- tampoco.

Anybody knows ?

 #227601  por Taneyev
 
EMO no puedes notificar el traslado de la demanda a un domicilio como "constituìdo", porque es claro que antes de contestar no existe del demandado domicilio constituido alguno. Tal notificación es nula porque
atenta contra el derecho de defensa del accionado. Para mí, hay que notificar siempre al real y como denunciado. El constituído en la mediación es válido a todos los efectos de la mediación misma, pero nó en la demanda.