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  • SALIDA DEL VERAZ

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 #242211  por IAI-MC
 
HOLA, HE LEIDO LOS COMENTARIOS SOBRE ESTE TEMA, Y MI CONSULTA SE RELACIONA CON LAS MISMAS.-
PUNTUALMENTE LA CLIENTA TUVO UNA DEUDA CON UNA TARJETA DE CREDITO CUYO ULTIMO VENCIMIENTO DATARIA DEL AÑO 99 O 2000, RECIEN EN EL AÑO 2003 LA ENTIDAD DEMANDA POR TAL CONCEPTO PERO NUNCA EXISTIO TRASLADO DE DEMANDA NI NOTIFICARON NADA A LA DEUDORA.- ELLA FIGURA EN EL VERAZ, NUNCA CANCELO LA DEUDA POR DISCREPANCIAS EN LIQUIDACION DE INTERESES QUE NUNCA ACLARARON Y TAMPOCO SE INSTO LA PROSECUSION DE LA DEMANDA.-
1) QUE CONVIENE HACER? PIDO EL HABEAS DATA POR PRESCRIPCION DE LA DEUDA?
2) SE REINCRIBEN EN EL VERAZ LAS DEUDAS PASADOS LOS CINCO AÑOS? DE NO SER ASI, ESTARIAN PASADOS LOS CINCO AÑOS DE INSCRIPCION EN VERAZ POR AQUELLA DEUDA, NO EXISTIENDO OTRAS.-
GRACIAS,MI MAIL:PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".COM.AR
 #242356  por Alberto Auní©
 
Si la información es de 2003, en estos meses deberían cumplirse los cinco años; recordar que los bancos informan con dos meses de atraso por lo que en octubre salen los datos de agosto.

He visto que los informes sobre jucios tienen una fecha de vencimiento al lado. Ejemplo: un juicio del 10/03 debería decir al lado 09/08 o algo así.

Una vez pasados los cinco años no hay reinscripción salvo que se hubiera producido alguna novedad, como reconocimiento de deuda.


Alberto Auné
 #242479  por IAI-MC
 
MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA, TENGO QUE VER BIEN LO QUE INFORME EL VERAZ.-
UN SALUDO
 #242530  por luchbet
 
hola te comento que para deudas comunes es 5 años el plazo que tendrian que tenerlos en sus bases de datos y para el caso de deudas originadas en tarjetas hay un fallo contra VERAZ donde se prohibe la publicacion por deudas originadas por este medio. La Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “Organización Veraz S.A. c/ Estado Nacional s. Amparo” rechazó un planteo de la empresa Veraz que había solicitado se declare la inconstitucionalidad del artículo 53 de la ley 25.065, que prohíbe difundir datos financieros personales sobre titulares y beneficiarios de tarjetas de crédito.

De esta forma todas la personas que estén incluidas en la base de datos de la Organización Veraz (o cualquier otra empresa de informes crediticios) a causa de deudas por tarjetas de crédito, pueden enviarles una Carta Documento a Organización Veraz S.A. intimándolos a que los saquen de su base de datos por la deuda que poseen con el banco xxxx en concepto de falta de pago de la tarjeta de crédito xxx, conforme disposiciones de la C.S.J.N. en autos “Organización Veraz S.A. c/ Estado Nacional s. Amparo” bajo apercibimiento de hacerlos solidariamente responsables por los daños y perjuicios que le ocasionen.
 #242912  por IAI-MC
 
UH... MUCHAS GRACIAS!! CUANTAS COSAS HAY PARA ACTUALIZARSE.... GRACIAS DE NUEVO