Hola, queria saber si me podian ayudar sobre una consulta hecha por una cliente. Hace un par de meses en un viaje por otra provincia, le hicieron una multa por una infracción de transito menor. El tema es que le dijeron que tiene que pagar la multa porque sino le van a iniciar un juicio. Mi pregunta es si ella no firmó la multa, ni nunca fue notificada de la misma, pueden en caso de no pagarla iniciarle directamente juicio? Asimismo cual sería el plazo de prescripción de la misma? Desde ya muchas gracias!
Será en Córdoba? porque en esa provincia no se salvó nadie. Hice Actas de impugnación para varios clientes entre otros para mi hijo. Posteriormente le llegó un aviso, ni siquiera cédula, de un tal abogado de la comuna intimándolo a presentarse para arreglar bajo apercibimiento de iniciar acciones.Por supuesto ni me tomé el trabajo de contestar porque considero que no corresponde. Sería subestimar demasiado a los jueces pretender que prospere una demanda sin ninguna prueba, creo que la rechazarían in limine so pena de violación del Art. 18 de la C.N.. Ellos son los que invocan el hecho y son los que deben probar.
Una amiga pagó porque le había prestado la camioneta a su hermano, al poco tiempo le llegó otra, por supuesto, falsa.