Colegas, les hago una consulta a ver si me pueden dar un poco de luz con este caso:
Un cliente tiene una sentencia firme en contra por un monto que no puede pagar. La sentencia es de marzo del año 2000, y en noviembre de ese mismo año se inició el proceso de ejecución de sentencia. La contraparte mueve el expediente 1 o 2 veces por año, pero según expresa disposición del código, este proceso no está sujeto a caducidad de instancia (art-. 313 CPCCN).
El inicio del proceso de ejecución prescribe a los 10 años de la sentencia. Sin embargo, en este caso, el juicio de ejecución ya está iniciado, con lo cual no tengo eventualmente defensa de prescripción. Tampoco está sujeto a caducidad de instancia (como dije antes). Es decir, parecería que en caso de no pagar o no ponerse de acuerdo con la contraparte por un monto menor, este proceso seguirá eternamente.
Hay alguna salida a esto en lo procesal?
Les agradezco desde ya las ideas que puedan aportarme.
Un cliente tiene una sentencia firme en contra por un monto que no puede pagar. La sentencia es de marzo del año 2000, y en noviembre de ese mismo año se inició el proceso de ejecución de sentencia. La contraparte mueve el expediente 1 o 2 veces por año, pero según expresa disposición del código, este proceso no está sujeto a caducidad de instancia (art-. 313 CPCCN).
El inicio del proceso de ejecución prescribe a los 10 años de la sentencia. Sin embargo, en este caso, el juicio de ejecución ya está iniciado, con lo cual no tengo eventualmente defensa de prescripción. Tampoco está sujeto a caducidad de instancia (como dije antes). Es decir, parecería que en caso de no pagar o no ponerse de acuerdo con la contraparte por un monto menor, este proceso seguirá eternamente.
Hay alguna salida a esto en lo procesal?
Les agradezco desde ya las ideas que puedan aportarme.
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