Hola:
Tengo un cliente que tiene DOS ejecuciones, con sentencia firme desde 1996, Una de ellas es de un Banco, y la otra con AFIP, en ambas está inhibido tengo las siguientes dudas:
1) Cuantas veces se puede renovar la inhibicion, tengo claro que dos, pero algunos me han dicho que hasta por 20 años es decir 4 veces, ya va por la segunda renovacion que en ambas la vence en el 2009
2) Al tener sentencia firme en ambas, como juega el tema de la prescripcion liberatoria? En el caso del juicio del Banco estaría en condiciones, una vez vencida la inhibición, ya que han transcurrido 13 años de la sentencia de solicitarla? El banco mantiene activo el expediente, con pedidos de informes, presentacion de nuevos apoderados, etc, siempre esta en letras
Gracias
Tengo un cliente que tiene DOS ejecuciones, con sentencia firme desde 1996, Una de ellas es de un Banco, y la otra con AFIP, en ambas está inhibido tengo las siguientes dudas:
1) Cuantas veces se puede renovar la inhibicion, tengo claro que dos, pero algunos me han dicho que hasta por 20 años es decir 4 veces, ya va por la segunda renovacion que en ambas la vence en el 2009
2) Al tener sentencia firme en ambas, como juega el tema de la prescripcion liberatoria? En el caso del juicio del Banco estaría en condiciones, una vez vencida la inhibición, ya que han transcurrido 13 años de la sentencia de solicitarla? El banco mantiene activo el expediente, con pedidos de informes, presentacion de nuevos apoderados, etc, siempre esta en letras
Gracias