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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #270178  por ezevs
 
Hola a todos los colegas

Tengo un caso de un chico discapacitado que la obra social no se hace cargo o se cargo tarde de las diversas prestaciones que le tienen que dar. La madre me vino a ver y le recomende es hacer un amparo, y como paso previo una medida cautelar para que la obra social le siga prestando los servicios. Cuanto tendria que cobrar tanto por el amparo como por la medida cautelar. Saludos y gracias a los que contesten.
 #270850  por gadriana
 
Si estás en Pcia de Bs. As. fijate en la pagina del colegio de abogados cuantos ius se cobran. Si no entra al de Mar del Plata. Recordá que aumentó el ius. Atte.