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  • Abandono el hogar conyugal. Urgente

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #291911  por Dr. Edu
 
Hola colegas!! Quisiera consultar es mi primer divorcio, es en capital. Les comento el caso, se trata de un matrimonio que llevan casados poco mas de un año y tienen dos hijos de 2 y 4 años de edad. El marido hace una año que se fue de la casa y hace visitas esporádicas, ahora bien, el se quería divorciar. A mi me viene a ver la mujer para hacer un mutuo. El tema es que me comunique con el marido para llevar adelante el divorcio y nunca mas tuvimos novedades. Quisiera saber si se puede hacer una denuncia por abandono de hogar, y donde la debe realizar. Así también, quisiera saber donde lo notifico para pedir una mediación por los alimentos. Por favor les pido ayuda urgente
 #292263  por diabla87
 
Hola...

Bueno vamos por parte.
Por el lado de la notificacion te digo que es lo mas difil.
necesitas averiguar la direccion exacta de donde vive.
Una vez que le haces la primera notificacion ya es un problema de el si constituye o no domicilio.
Si estas hablando de capital, como el abandono de hogar es por dos años como causal de divorioc, y recien va uno, te diria que podes hacer la denuncia en violencia familiar, ahi en el entrepiso de lavalle 1220, donde funciona la camara civil.
puede ir ella y hacerla verbalmente o lo q mas recomiendo es q lo haga por escrito con firma de parte y de abogado.
y despues lo encauzas en divorcio por el Art 202 y 214, y acordate que si tu cliente no esta en concubinato, puede reclamar alimentos no solo para los hijos sino tambien para ella por el art 207
 #293259  por Monig
 
Sin perjuicio de que alguien pueda tener mejores estrategias digo, no convendría que la Sra denuncie urgente ante la policia o defensoria el abandono para que al momento de solicitar el divorcio se le puedan atribuir los beneficios que le acuerda el 204 ("Si alguno de ellos alega y PRUEBA no haber dado causa a la separación, la sentencia dejará a salvo los derechos acordados al cónyuge inocente")
 #293270  por pablin
 
Y otra cosa... el abandono no tiene que ser por 2 años, eso es la separación de hecho sin voluntad de unirse bla bla bla Art. 202 inc. 5.
El abandono se configura con un hecho, justamente, el momento del abandono.

Salu2, Pablín.
 #293466  por Catita_1
 
Colegas no procede el divorcio, no le dan los años, si que haga la denuncia por abandono. Y con el tema de las notificaciones, yo lo notifico a la casa de sus padres que ellos se encarguen de avisarle, siempre saben donde esta.
 #294631  por VERO2282
 
Catita_1 escribió:Colegas no procede el divorcio, no le dan los años, si que haga la denuncia por abandono. Y con el tema de las notificaciones, yo lo notifico a la casa de sus padres que ellos se encarguen de avisarle, siempre saben donde esta.
Muchas gracias a todos, por su ayuda. Pero ahora pregunto, donde se hace la denuncia?, ya que mi clienta fue a la policia y no se la tomaron. Esto s en capital
 #697210  por wIKY1
 
VERO2282 escribió:
Catita_1 escribió:Colegas no procede el divorcio, no le dan los años, si que haga la denuncia por abandono. Y con el tema de las notificaciones, yo lo notifico a la casa de sus padres que ellos se encarguen de avisarle, siempre saben donde esta.
Muchas gracias a todos, por su ayuda. Pero ahora pregunto, donde se hace la denuncia?, ya que mi clienta fue a la policia y no se la tomaron. Esto s en capital

Como la vas a mandar a una comisaria a hacer una denuncia por abandono de hogar jaj el Oficial de Guardia de la Comisaria, con perdon de la palabra, se le va a cagar de risa. Tendria que hacer la exposicion directamente en Lavalle 1220, 1er piso, C.A.B.A. ---> Te lo digo por que trabajo en una comisaria *suerte*