quisiera saber cual es el alcance del deber derecho de los padres con respecto a su hijo adoptado de hacerle conocer su situacion, ya que desde los 18 tiene derecho a acceso al expediente para conocer su realidad biologica¿y como es el procedimiento al respecto? desde ya muchas gracias.
Tendrias que leer la normativa del Codigo Civil conjuntamente con la Convecion de los Derechos del Niño.
En cuanto al expediente, cuando sea mayor de edad, se tiene legitimidad invocandola, en el escrito de presentacion. En caso de que el juzgado te lo solicite se debera acompañar la partida de nacimiento rectificada segun sea una adopcion plena.
Suerte.