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  • que necesito pagar para iniciar en provincia

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 #357903  por gi2008
 
hola colegas, soy nueva matriculada en provincia y me surgen dudas respecto de la parte administrativa para iniciar. Tengo dos tipos de bonos el verde y el azul para que es cada uno, donde los consigo, y su costo? Respecto a la tasa de justicia la pido en el banco provincia? si es un divorcio va como indeterminada no? el costo es de 50 pesos? y lo ultimo respecto a ius, tengo dos ius: previsional de $51 y ius de honorarios de $91 puede ser?, como funcionan y cuando debo pagar cada uno? Gracias por la ayuda
 #357964  por mcfgdm
 
al principio tenés que pagar el bono verde que sale 23 pesos, el ius previsional que sale 50 y la tasa de justicia que en el caso del divorcio y siempre que no haya bienes en la sociedad conyugal es de 55 pesos (porque tenés tasa y sobre tasa de justicia). El bono lo comprás en el colegio de abogados, el ius lo pedís (es un formulario naranja) también en el colegio de abogados o en su defecto en la caja de previsión. La tasa también la podés adquirir en el colegio pero tanto esta como el ius lo tenés que abonar en el banco provincia. El ius también lo podés pagar en la caja.

En cuanto al ius por honorarios no tenés que pagar. El valor de este ius se tiene en cuenta para ver cuanto te regulan de honorarios en un expediente, por ejemplo si te sale la sentencia y te dicen que te regulan de honorarios 20 ius.

No te hagas mucho lío con eso, en principio necesitas nada más que el bono verde, el ius previsional y la tasa de justicia. Una vez que te regulen honorarios vas a tener que pagar los aportes, que depende el juicio son del 5 o del 10% de la regulación a cargo del cliente y otro 10% a tu cargo.

Espero haber sido clara y cualquier duda, avisame. Sino podés consultar o en el colegio o en la caja de previsión por lo general son buena onda.

saludos cecilia
 #357978  por gi2008
 
Muchas garcias cecilia por tu clara y elaborada explicación ! entoces una vez que regulen honorarios mi cliente deberá pagar el 10% sobre ellos y yo el otro 10%? me queda la duda de ingresos brutos tambien lo pago cuando regulan, con que formulario? gracias otra vez
 #357999  por mcfgdm
 
si igual si es un divorcio de común acuerdo creo que con el 5% a cargo del cliente te alcanza, obviamente más el 10% a tu cargo.

En cuanto a ingresos brutos, la verdad no sé que decirte yo nunca los pago porque nunca me los reclamaron. en eso vas a tener que esperar que alguien más opine.

cecilia
 #359072  por manuela
 
Hola!INGRESOS BRUTOS SE PAGA CADA DOS MESES CUANDO HACES LA DECLARACION JURADA EN LA PAGINA DE ARBA. LO QUE TENES Q PAGAR ES 3% DE LO QUE FACTURAS, Y DECLARAS, SI EN ESOS DOS MESES NO FACTURAS NO PAGAS NADA. YO AUN NO FACTURE NADA PERO CREO Q CUANDO HACES LA DECLARACION JUREDA TE SALE LO Q TENES Q PAGAR EN EL BANCO PROVINCIA.TODOS LOS MESES TENES Q PAGAR EL MONOTRIBUTO.
YO TENGO MI PRIMER SUCESION EN PROVINCIA, CUANTO TENGO Q PAGAR DE TASA DE JUSTICIA Y CUANDO? PUEDE SER Q PARA PAGAR EL IUS PREVISIONAL HAYA UN FORMULARIO EN LA PAGINA DE LA CAJA Q SE IMPRIME Y SE PAGA EN EL BCO PROVINCIA? SI TENGO Q PAGARLO EN LA CAJA O EN EL COLEGIO TENGO Q VIAJAR 100 KM.
LES AGRADEZCO UNA RESPUESTA.
 #359152  por mcgarrido
 
Hola a todos: me sumo a las preguntas: Es necesariamente obligatorio un contador para llevar lo administrativo. Yo hace poco q ejerzo la profesión y no me alcanza para más gastos. Cómo se sacan los Ingresos Brutos, en Internet? Por favor alguien que nos explique !!!!!!!!Gracias
 #359325  por mcfgdm
 
manuela escribió:Hola!INGRESOS BRUTOS SE PAGA CADA DOS MESES CUANDO HACES LA DECLARACION JURADA EN LA PAGINA DE ARBA. LO QUE TENES Q PAGAR ES 3% DE LO QUE FACTURAS, Y DECLARAS, SI EN ESOS DOS MESES NO FACTURAS NO PAGAS NADA. YO AUN NO FACTURE NADA PERO CREO Q CUANDO HACES LA DECLARACION JUREDA TE SALE LO Q TENES Q PAGAR EN EL BANCO PROVINCIA.TODOS LOS MESES TENES Q PAGAR EL MONOTRIBUTO.
YO TENGO MI PRIMER SUCESION EN PROVINCIA, CUANTO TENGO Q PAGAR DE TASA DE JUSTICIA Y CUANDO? PUEDE SER Q PARA PAGAR EL IUS PREVISIONAL HAYA UN FORMULARIO EN LA PAGINA DE LA CAJA Q SE IMPRIME Y SE PAGA EN EL BCO PROVINCIA? SI TENGO Q PAGARLO EN LA CAJA O EN EL COLEGIO TENGO Q VIAJAR 100 KM.
LES AGRADEZCO UNA RESPUESTA.
hola, ingresos brutos ahora se paga todos los meses, y tengan en cuenta que por más que no facturen tienen que presentar la declaración jurada igual. Lo que se paga es el 3,5% de la facturación que se hace en el mes.

En cuanto al monto de la tasa de justicia es el 2,2% de la valuación fiscal de los bienes que se van a inscribir, la tenés que pagar al momento de pedir la inscripción junto con los informes de dominio, inhibición y cesión de derechos que te va a pedir el juzgado.

El mismo formulario sirve para pagar en cualquier lado, incluso en el banco provincia.

Espero haber sido clara, saludos cecilia
 #359328  por mcfgdm
 
mcgarrido escribió:Hola a todos: me sumo a las preguntas: Es necesariamente obligatorio un contador para llevar lo administrativo. Yo hace poco q ejerzo la profesión y no me alcanza para más gastos. Cómo se sacan los Ingresos Brutos, en Internet? Por favor alguien que nos explique !!!!!!!!Gracias
mira sino tenés plata y sos un poco ducha en el tema de internet bajate el programa de la pagina de arba, los chicos que te asesoran por teléfono son bastante solidarios y te orientan bien. Obviamente es un garrón tener que pagarle a un contador, y más si hay muchos meses que no facturas, ya que la declaración jurada vía internet la tenés que hacer igual, factures o no.
 #371148  por gi2008
 
hola a todos! les cuento soy nueva en matricularme en provincia y es la primera sucesión que me regulan regulan honorarios, el tema es el siguiente: de esa regulación se supone yo debo abonar el 10% a cargo del letrado y el 5% por juicio voluntario, con aterioridad yo pague el anticipo de ius, pregunto: este 10% y 5% para qque son? y el ius que pague como anticipo a qeu se lo descuento?. Gracias
 #371317  por manuela
 
Hola! a mi todavia no me han regulado nada, pero creo q una vez que el juez te regula honorarios vos tenes que pagar a la caja previsional un 10% de lo que te regularon, el otro % lo tiene que pagar tu cliente. Son los aportes previsionales.
Suerte!
 #371740  por mcfgdm
 
ES COMO DICE MANUELA, LOS 50 PESOS QUE PAGAS PRIMEROS ES UN ANTICIPO Y SE LO PODES DESCONTAR A TU 10% NUNCA AL DEL CLIENTE.
ESE 10 Y 5 % ES LO QUE APORTAS PARA QUE EL DIA DE MAÑANA TE PUEDAS JUBILAR EN LA CAJA.
 #371760  por gi2008
 
ok gracias a todos por responder, me queda una duda, a mi me regularon $200 y yo no pague el anticipo de ius en su momento entonces solo pago el 10% de los 200 que serían $20? y que hubiera pasado si yo pagaba los $51 de anticipo? mi 10% era menos que el anticipo de ius o sea pagaba de mas?
 #371771  por mcfgdm
 
si se supone que es obligatorio ante cualquier presentación pagar el ius de 50 y en caso de que tu 10% sea menos ya lo tenés pago y no tenes que pagar nada mas. Y si es un garrón porque pagas de más pero también hay una ventaja que si te presentastes cuando el ius valía 35 y vos tenes que pagar 50 por ejemplo lo podes deducir al valor actual.
 #376055  por vichu978
 
hola a todos, soy abogada recien recibida y tengo para iniciar una demanda de alimentos pero tambien quiere el BLSG. pregunto????
inicio todo junto o primero BLSG?? y que necesito presentar ante la receptoria de expte junto con los formularios.

saludos