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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #373268  por genara2
 
En Agosto del 2008, mi exmarido rescató en forma de capital (por jubilacion), un fondo de pensiones del que era titular pero que constituye un bien ganancial como queda reflejado en la sentencia de divorcio. Al hacerle el finiquito la entidad bancaria le aplicó una retencion del 18% del importe total. El 50% que me correpondia lo recibí directamente de mi exmarido pero con la retencion ya aplicada; y ahora viene la duda

¿He de recibir mi mitad en bruto, declararlo y que Hacienda sea la encargada de practicarme la retencion correspondiente?

¿Como dueña del 50% de ese fondo, puedo declararlo de manera individual? ya que nada tiene que ver mi posicion fiscal con la de él y por tanto el resultado tambien seria diferente.

¿Pueden declararse por separado ambas partes? y si es así ¿Cómo?

Muchas gracias