HOLA: necesito de la colaboracion de ustedes para una liquidacion de empleada del servicio domestico. FECHA REAL DE iNGRESO:DIC 04 , EGRESO FEB 07; REMUNERACION $600; RECLAMA SAC 05 06 ,VAC 05 Y 06; SUELDO ENERO 07 Y FEB 07 Y PREAVISO. Lo que tengo claro es que se calcula 1/2 sueldo por año, me equivoco? Les agradezco si pueden ayudarme porque el letrado de la empleada pretende $4800 para no ir a juicio pero se niega a enviarme la liquidacion , pero esos son los rubros reclamados. La srta. fue despedida de palñabra en diciimbre y envio el tlc en febrero, la relacion no estaba registra y nunca existio recibo de por medio. Gracias a quien pueda asesorarme![/b]
Hola,Te paso como me parece que se calcularía:
La indemnización es 1/2 mes de sueldo por c/año de servicio.
El sac si no se lo pagaron ( o no tiene recibos firmados) le corresponde.
Las vacaciones del 05/2005 no porque no son compensables.
Las del 06 si se las tendría que abonar.(fijate en el decreto cuantos dias de acuerdo a la antiguedad).
Si la ruptura del vínculo se produjo en febrero y no le abonaron enero y febrero se los tendrian que abonar.
Tiene instancia administrativa previa: ahi podrías hacer el acuerdo.