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  • Por favor ayuda con Liquidacion del servicio domestico

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #31323  por draclau
 
HOLA: necesito de la colaboracion de ustedes para una liquidacion de empleada del servicio domestico. FECHA REAL DE iNGRESO:DIC 04 , EGRESO FEB 07; REMUNERACION $600; RECLAMA SAC 05 06 ,VAC 05 Y 06; SUELDO ENERO 07 Y FEB 07 Y PREAVISO. Lo que tengo claro es que se calcula 1/2 sueldo por año, me equivoco? Les agradezco si pueden ayudarme porque el letrado de la empleada pretende $4800 para no ir a juicio pero se niega a enviarme la liquidacion , pero esos son los rubros reclamados. La srta. fue despedida de palñabra en diciimbre y envio el tlc en febrero, la relacion no estaba registra y nunca existio recibo de por medio. Gracias a quien pueda asesorarme![/b]
 #31338  por Ishtar
 
Hola,Te paso como me parece que se calcularía:
La indemnización es 1/2 mes de sueldo por c/año de servicio.
El sac si no se lo pagaron ( o no tiene recibos firmados) le corresponde.
Las vacaciones del 05/2005 no porque no son compensables.
Las del 06 si se las tendría que abonar.(fijate en el decreto cuantos dias de acuerdo a la antiguedad).
Si la ruptura del vínculo se produjo en febrero y no le abonaron enero y febrero se los tendrian que abonar.
Tiene instancia administrativa previa: ahi podrías hacer el acuerdo.
 #31348  por draclau
 
Ishtar escribió:Hola,Te paso como me parece que se calcularía:
La indemnización es 1/2 mes de sueldo por c/año de servicio.
El sac si no se lo pagaron ( o no tiene recibos firmados) le corresponde.
Las vacaciones del 05/2005 no porque no son compensables.
Las del 06 si se las tendría que abonar.(fijate en el decreto cuantos dias de acuerdo a la antiguedad).
Si la ruptura del vínculo se produjo en febrero y no le abonaron enero y febrero se los tendrian que abonar.
Tiene instancia administrativa previa: ahi podrías hacer el acuerdo.
GRACIAS ISHTAR: esto tramita en pcia de bs as , asi q para q se homologue debo llevarlo por la via judicial. No te entendi eso de q las vac del 2005 no le corresponden xq son compensables????? Las del 06 serian 10 dias lo que le correspondian, esto equivale a cuanto?
Y otra cosa, Por ej. al hablar de 2 años de trabajo a $600 el mes de sueldo la indem seria de $600 no?
 #31387  por Ishtar
 
GRACIAS ISHTAR: esto tramita en pcia de bs as , asi q para q se homologue debo llevarlo por la via judicial.
No soy de Bs.As. asi que no se bien el procedimiento en tu pcia. lo que si se que en casi todas hay que pasar por la instancia administrativa previa...espera la opinion de otros sobre este punto.

No te entendi eso de q las vac del 2005 no le corresponden xq son compensables?????


Si el trabajador no se tomo vacaciones en el momento oportuno pierde el derecho a gozarlas y que se las paguen ya que las vacaciones no son compensables en dinero. Yo no se las pagaría por lo que te puse precedentemente.

Las del 06 serian 10 dias lo que le correspondian, esto equivale a cuanto?

Si, las del 06 serían 10 días por la antiguedad que decis que tenia.
Para sacar el monto se divide el sueldo por 25 y se multiplica por el numero de dias o sea 10 en este caso.
Y otra cosa, Por ej. al hablar de 2 años de trabajo a $600 el mes de sueldo la indem seria de $600 no?
Si, si ese es el sueldo que le correspondería a la categoría que tenía...sinó te lo puede cuestionar...pero yo haría la oferta en base a ese sueldo...