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  • EMPLEADA EMBARAZADA Y TRANFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #426729  por MauroFranco
 
Hola foristas, se me presentó una duda ante una situación, digamos... inusual (por lo menos para mí) :oops:

A fin de mes se hace la transferencia de un fondo de comercio, (estan negociando hace más de 40 días), resulta que se arregló todo, traspaso de empleados inclusive, hasta hoy... donde por oídas, se enteró la patronal que una de sus empleadas está embarazada (lo sabe hace 1 semana y media), se imaginan el revuelo ya que los compradores no quieren tomarla ahora.

Aún la empleada no envió la notificación, pero pidió el día para hacerse unos "estudios" (fue a buscar el certificado, seguro), se me presenta un dilema.
Aconsejo:
1)-Despedirla antes de la notificación de gravidéz?

2).En caso de que envíe la notificación antes del despido, debe ser indemnizada por el 178 de la LCT???

En mi humilde opinión no prospera el 178, puesto que es una transferencia de comercio y los nuevos dueños no la aceptan y listo.
No tiene que ver con el despido por causa de embarazo, sino por transferencia de fondo, qué les parece?

Desde ya, muchas gracias.
 #426748  por DAL
 
Sí, tus conceptos son correctos, pero realmente es muy dificil la situación.
Antes de la notificación no rige la presunción, así que demostrado el cese del empleador en la actividad (por transferencia de establecimiento) corresponde el distracto.
Ahora, tendrías que comprende esta transferencia porque si comprende a todos los empleados MENOS a ella, el adquirente es claramente responsable de las indemnizaciones debidas.
Ahora si de 10 toma dos o tres empleados y el resto no, puede que ahí funcione más tu argumento.
Recordá que la transferencia del establecimiento, por sí misma, no causa la cesación de la relación laboral. Quizá el cese del empleador sí, cuando es esencial a la relación laboral o bien cuando el establecimiento se cierra.
Ahora si todo sigue igual, ..... ahi creo que tendrás un problema.
 #426809  por MauroFranco
 
Hola DAL, gracias por responder!!!

Si entiendo hacia donde apuntas. El adquirente va a tomar sólo al 50% de los empleados, así que creo no se encuadraría en una actitud discriminativa.

Igual, yo represento al vendedor, así que creo deslinda responsabilidades.

La verdad, qué pegada, justo para la firma va a avisar!!!, pero bue, si no tuvieramos sorpresas de ese tipo sería aburrida la profesión!!! :shock: (auto consuelo!!!)

Rosario está cada vez más linda!!! estuve el finde, la verdad que los felicito, espectacular para pasear!!!

Gracias DAL nuevamente, y saludos!!!
 #426961  por DAL
 
De nada!!!
Si, realmente es una ciudad muy linda para vivir, tiene una escala ideal, y los paseos estan hermosas. Igual hay mucha gente que se queja, pero bueno . . . nadie puede conformar a todos. :D
 #426985  por bycons
 
Para decirlo de una forma practica y sencilla, tus clientes y el comprador (si compra) ESTAN JODIDOS. :D

Será cuestion de prueba en sede judicial, pero ojo que el tema del embarazo, para que proceda la multa no es requisito ESENCIAl la notificación; se puede probar por otros medios y tambien le dan el derecho a la trabajadora(hay muchisima jurisprudencia en ese sentido, mas actualmente con el dictado de las leyes de protección de la niñez, pactos internacionales y hace poquito salió una ley en ese aspecto -en contra de la discriminación x tema de embarazo, que se basa en uno de los pactos int.-).-

Consejo, fijate si la podes arreglar antes de generar un conflicto laboral (seclo o inst. adm. segun de donde seas), hacele una oferta sustancial y se sacan un quilombo de encima.-
 #430559  por MauroFranco
 
Gracias bycons por responder, sí vamos a tratar de llegar a un arreglo en sede administrativa ante el MTSS.

Leyendo jurisprudencia vi que también procede el reconocimiento si el estado de gravidéz es notorio.

Te envío saludos!!!.