¿Algún colega puede decirme si puedo tener algún inconveniente (vicio de nulidad) en la "traba de la litis" en el caso de una demanda de divorcio por la causal objetiva de violación del deber de cohabitar (art.214 C.C.Arg.) durante tres años, cuando la esposa - demandada, se encuentra en el Extranjero, sin tener certeza de dicho domicilio?... El caso ha tramitado prácticamente en forma completa en Córdoba Capital. Próximamente va a tener sentencia... pero ocurre que tengo un dato de que la asesora letrada que representa a la demandada ausente, podría plantear la nulidad de todo el proceso, por no haberse trabado la litis correctamente... Pero, la única verdad es que no hay domicilio conocido... y se la citó a la demandada por "edictos"... La pregunta es... ¿Es válida la citación por edictos, cuando existe certeza de que la demandada está fuera del país (informe de migraciones)... pero no se sabe "en donde"?... No conozco que existan "edictos internacionales".
Agradezco algúna opinión al respecto.-
Agradezco algúna opinión al respecto.-
Miguel Angel Ortiz Morán - Abogado - Córdoba Capital