HOLA CHICOS, EN CASO DE VENTA DEL ESTABLECIMIENTO DONDE EL TRABAJADOR PRESTE SUS SERVICIOS, SI ESTE INICIA DEMANDA ALEGANDO LA RESPOSABILIDAD SOLIDARIA DE LOS ART 225 Y SGTES LCT, ¿ ESTA BIEN NOTIFICAR LA DEMANDA EN EL LUGAR QUE FIGURA EN LOS RECIBOS DE SUELDOS, CUANDO ESTE COINCIDE CON EL LUGAR SONDE PRESTO SUS SERVICIOS? O ES OBLIGACION Q DENUNCIE Y NOTIFIQUE EN EL DOMICILIO REAL DEL DEMANDADO?
DESDE YA AGRADECIDA POR SU AYUDA.
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Lo importante no es lo que tienes en la vida sino a quien tienes en la vida...