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  • indemnizacion del art 24 LCT

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #472385  por NORAESTELA
 
Hola, una consulta, tengo una persona a quien le ofrecen un trabajo de temporada, concurre al futuro lugar de trabajo, llegan a un acuerdo, hay intercambio de mail con aceptacion por parte del empleador, por mail. Y le solicita los datos para el alta temprana. Una vez que recibe los datos por parte del empleado. El empleador no cumple con el contrato.
No veo como comprobar el contrato para poder pedir la indemnizacion del 24 LCT.
Alguien que esté mas ducho en esto???
muchas gracias!!!
 #472410  por ricardito21
 
Los mails en cuestión serían un principio de prueba importante. También un buen testigo que acredite que tu cliente estuvo en la entrevista prelaboral con el futuro empleador. Es necesario que se intime por medio fehaciente al pago del resarcimiento del art. 24 LCT, invocando y detallando las tratativas pre laborales.
 #472425  por NORAESTELA
 
Muchas gracias Ricardito, no creo que tenga algun testigo, ya que solamente lo vio la gente de la empresa, y dudo mucho que salgan a favor de esta persona que ni siquiera llegó a ser compañero de trabajo.
Te parece que alcanzará con el mail de aceptación? :roll:
Me voy a tirar el lance con una CD, a ver que pasa.....
 #472491  por doctordoctor
 
NORAESTELA escribió:Hola, una consulta, tengo una persona a quien le ofrecen un trabajo de temporada, concurre al futuro lugar de trabajo, llegan a un acuerdo, hay intercambio de mail con aceptacion por parte del empleador, por mail. Y le solicita los datos para el alta temprana. Una vez que recibe los datos por parte del empleado. El empleador no cumple con el contrato.
No veo como comprobar el contrato para poder pedir la indemnizacion del 24 LCT.
Alguien que esté mas ducho en esto???
muchas gracias!!!
Pregunta.... trabajo de temporada o contrato por temporada???? ¿el caso del art.24 LCT se aplica a un contrato por temporada?, porque este tiene un régimen especifico donde si el despido se da en periodos de inactividad solo corresponde ind. x antiguedad, o sea en tu caso NADA. Porque el contrato en teoria nacio en un periodo de inactividad...
 #472503  por NORAESTELA
 
doctordoctor escribió:
NORAESTELA escribió:Hola, una consulta, tengo una persona a quien le ofrecen un trabajo de temporada, concurre al futuro lugar de trabajo, llegan a un acuerdo, hay intercambio de mail con aceptacion por parte del empleador, por mail. Y le solicita los datos para el alta temprana. Una vez que recibe los datos por parte del empleado. El empleador no cumple con el contrato.
No veo como comprobar el contrato para poder pedir la indemnizacion del 24 LCT.
Alguien que esté mas ducho en esto???
muchas gracias!!!
Pregunta.... trabajo de temporada o contrato por temporada???? ¿el caso del art.24 LCT se aplica a un contrato por temporada?, porque este tiene un régimen especifico donde si el despido se da en periodos de inactividad solo corresponde ind. x antiguedad, o sea en tu caso NADA. Porque el contrato en teoria nacio en un periodo de inactividad...
Entiendo lo que me decis, pero este no es el caso.
Este contrato se rije por los art 96 al 98 LCT, es un contrato por tiempo indeterminado. porlo que entiendo corresponde aplicar el 24 en caso de incumplimiento unilateral. Por otra prte no se trata de un despido, porque el empleador no cumplio unca con la obligacion de dar trabajo efectivo. En definitiva, entusiasmaron al trabajador hasta el dia anterior al que debía presentarse a trabajar y comenzaron a bicicletearlo hasta decirle que "mejor no". ¡que feo!!!no? :roll:
 #473725  por doctordoctor
 
Si, feo. Entonces si es indeterminado comun. Va el 24 LCT.
Y en que te vas a basar para pedir el número??? o que montos se acostumbran??? o dejó algun otro trabajo para agarrar este??
Asi aprendo.
 #473897  por NORAESTELA
 
Hola, doctor doctor!
Te comento que segun el art 24 lo que corresponde seria pedir un mes del sueldo acordado, no sé si se podría pedir más en este caso, que rechazó otros laburos porque se había comprometido con este.
La verdad es que no encuentro jurisprudencia sobre el tema, si alguien sabe solicito colaboracion :)
No quiero entusiasmarlo mucho por lo menos hasta tener alguna idea de que va a poder cobrar algo, mas que en el caso de la provincia de buenos aires no hay seclo, y no creo que se presenten en el MTSS.
En fin, veremos... qué opinan?
 #1088684  por SamantaSto
 
Buenas tardes,

Tengo un caso similar al que comentan, la situación de mi cliente es la siguiente: en noviembre iba a empezar a trabajar en una empresa, le habían dado el ok (hizo preocupacional, psicotécnico, ambiental...todo ok) para ingresar pero no le dijeron en que fecha y nunca más se comunicaron con él. La cuestión es que un día entró a la página de AFIP y ve que tiene dada el alta temprana, donde figura su ingreso a partir del 17/11/14, se comunicó reiteradas veces con la empresa y no me dan respuesta. Al día de hoy sigue con el alta temprana y sin ingresar a trabajar.
Ya arme un carta documento en virtud del art. 24 de la LCT, pero me gustaría saber como terminó el caso de uds. y como procedieron.

Desde ya muchas gracias por la ayuda que me puedan brindar.

Saludos!